El Supremo anuló la condena que la Audiencia Provincial de Valencia impuso a Ricardo D.F. por unos supuestos abusos sexuales sobre Carolina G.F., familiar suya y discapacitada psíquica, porque según el tribunal el carácter "odioso" de los hechos no debe llevar a disminuir las garantías procesales. "En ningún caso puede aceptarse que el carácter odioso de los hechos denunciados determine una degradación de las garantías propias del proceso penal", señala el Supremo antes de absolver al único acusado. En realidad, la duda primera y principal que se le plantea al tribunal y que resuelve a favor del reo ante la insuficiencia de las pruebas presentadas es si realmente hubo o no relaciones sexuales entre los implicados.