Doce años y dos meses de prisión. Esta es la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra a un vecino de Tomiño de 46 años de edad por maltratar y violar a su esposa. El tribunal considera a A.C.R. responsable de cinco delitos y, además de la pena de cárcel, le impone también la prohibición de comunicarse o aproximarse a la víctima. El condenado deberá indemnizar a la que fue su compañera sentimental cuando ocurrieron estos hechos: la sala establece que le abone 25.000 euros en concepto de daños morales y otros 240 euros por las lesiones causadas.

En el juicio celebrado a principios de este mes en la Sección Cuarta de la Audiencia, el fiscal solicitaba para este hombre penas que sumaban 15 años de cárcel por unos hechos ocurridos en diferentes fechas de 2008. Finalmente, el tribunal solo ha rebajado sensiblemente la petición del ministerio público al imponerle una condena que supera los doce años de prisión. Así, la sala considera a A.C.R. responsable de un delito de agresión sexual –ocho años de cárcel–, un delito de malos tratos en el ámbito familiar –seis meses de cárcel–, otro de coacciones –diez meses–, otro de lesiones en el ámbito familiar –diez meses– y un delito de maltrato habitual –dos años de prisión–. La sala absuelve al acusado de un delito de amenazas que planteaba la acusación particular y de otro de coacciones leves del que acusaba la Fiscalía.

Estos hechos juzgados en Pontevedra se remontan al año 2008. El fiscal relataba en su escrito varios episodios violentos que habría sufrido la víctima en un período de seis meses. El primero, en junio de ese año, cuando el condenado circulaba por la localidad lucense de Quiroga en un vehículo Mercedes junto con su esposa y se originó una discusión tras la cual el hombre, relataba la acusación pública, detuvo el turismo y acabó arrojando a su entonces mujer contra un contenedor de la basura.

Otro episodio que narraba la Fiscalía en su escrito de calificación y que ha sido considerado probado por la Audiencia fue la agresión sexual que sufrió la perjudicada en la vivienda familiar de Tomiño. El tribunal concluye que el condenado, "con absoluto desprecio a la voluntad de su esposa", la forzó a tener relaciones sexuales con él, utilizando para ello la violencia, ya que, entre otros hechos, la empujó contra la cabecera de la cama para conseguir su propósito.

En la vista oral los familiares de la víctima relataron que la mujer vivía "aterrorizada". Uno de los allegados contaba ante el tribunal, por ejemplo, como en más de una ocasión percibió la presencia de lesiones en el brazo de la perjudicada o que fue testigo de como el acusado realizaba comentarios vejatorios hacia su esposa "y la hacía de menos". Otra prueba de cargo importante para la sala fue la toma de declaración a los forenses, quienes señalaron que el relato de hechos que les hizo la víctima era "consistente" y que desde el punto de vista médico descartaban que estuviese "fabulando".

Versión

Frente a estos testimonios, el acusado negó los hechos que se le imputaban y algunos familiares de él que fueron interrogados en la vista aseguraron que nunca observaron signos de que la mujer sufriera algún tipo de maltrato. Pero finalmente la Audiencia pontevedresa no ha dado credibilidad a la versión del procesado y lo ha condenado casi en los mismos términos que planteaba el ministerio fiscal. La sentencia, sin embargo, no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.