El Tribunal Supremo ha constatado que la falta de material de protección al inicio de la pandemia puso en riesgo a los profesionales sanitarios debido a la incapacidad tanto del Ministerio de Sanidad como de las comunidades autónomas, pero ha rechazado condenar por inactividad al Ministerio debido a una cuestión formal.

La Sala de lo Contencioso Administrativo responde así a la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), que recurrió ante el Supremo la falta de suministro por parte del Ministerio de equipos de protección individual necesarios, con el consecuente peligro para la salud de los sanitarios.

El sindicato no cumplió con los requisitos establecidos en la Ley de la Jurisdicción, que exige haber presentado antes una reclamación a la administración y que no haya sido atendida, según precisan a Efe fuentes jurídicas.

La sentencia no hace "ningún juicio de culpabilidad ni imputación de responsabilidad", y precisa que la carencia de equipos que afectó inicialmente a los profesionales se debió a la incapacidad de suministrárselos del Sistema Nacional de Salud, integrado por los de servicios de salud del Estado y de las comunidades autónomas.