El "Plan de Dinamización Demográfica de Galicia 2013-2016, horizonte 2020" recoge como uno de sus objetivos estratégicos el de ampliar y consolidar las medidas para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. De este modo, una de las medidas prioritarias de este plan de la Xunta de Galicia es la promoción y diversificación de los servicios de atención a la infancia.

La atención de las necesidades de conciliación de las familias gallegas es también una de las áreas estratégicas del "Programa de apoyo a la natalidad" (PAN), área que tiene como objetivo propiciar un ambiente social favorable en el que no entren en conflicto las responsabilidades parentales de cuidado con el acceso y permanencia en el mercado de trabajo y en la que se prevé, entre otras medidas, la puesta a disposición de las familias de recursos que les permitan compatibilizar el desempeño profesional con labores de atención y cuidado de los hijos e hijas.

En este marco, la administración gallega impulsa el "Bono Coidado". que se publica hoy en el DOG y entra en vigor mañana, porque para la Xunta resulta importante avanzar en la puesta a disposición de las familias de las soluciones efectivas a sus necesidades de conciliación.

La Consellería de Política Social pone en marcha esta iniciativa de manera experimental con el fin de testar la demanda de recursos de atención personalizada a domicilio como vía para la cobertura de necesidades puntuales de conciliación.

El "Bono Coidado" es una ayuda económica directa a las familias para colaborar en el pago del importe del servicio de atención a niños y niñas de cero a tres años a domicilio. La Xunta destina a esta medida tres millones de euros, de los que 750.000 euros serán para lo que resta de 2016 y 2.250.000 para el ejercicio 2017.

Los posibles beneficiarios del "Bono Coidado" son padres, madres, tutores o las personas acogedoras de niños y niñas menores de tres años y residentes en Galicia que se encuentren entre los unos determinados supuestos.

Para optar a esta ayuda económica hay que tener un niño nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 2013 respecto de la anualidad de 2016 y con posterioridad al 31 de diciembre de 2014 respecto de la anualidad de 2017. La renta de la unidad familiar (entendida como la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro) no supere los 45.000 euros o los 13.500 euros per cápita. Para ello, se tendrá en cuenta la declaración del IRPF del 2014 respecto de la anualidad del 2016 y del 2015 respecto de la anualidad del 2017.

Esta subvención está limitada a una serie de circunstancias que la administración ha considerado que pueden dar lugar al derecho de su recepción. Son la eventual enfermedad del menor e imposibilidad de ser cuidado por los miembros de la unidad familiar. La enfermedad de la persona cuidadora habitual y la asistencia de la persona cuidadora habitual a entrevistas de trabajo o cursos de formación.

Además, la ayuda se puede solicitar en situaciones puntuales de carácter laboral o de cuidado tanto del cónyuge o pareja como de familiares hasta el segundo grado de parentesco por cosanguinidad o afinidad, que impidan la atención del niño o niña por los que integran la unidad familiar.

La Consellería de Política Social concederá un máximo de ochenta horas por familia (veinte horas para este año y sesenta horas para la anualidad del 2017) de acuerdo con los siguientes tramos de renta: A una renta per cápita familiar hasta 3.750 euros le corresponden 14 euros/hora; a la renta per cápita familiar superior a 3.750 y hasta 7.500 euros le salen 11 euros/hora; a las rentas per cápita familiares superiores a 7.500 y hasta 10.000 euros les otorgan 9 euros/hora; y a una renta per cápita familiar superior a 10.000 y hasta 13.500 euros o superior dentro de los límites siguientes: menos de 45.000 euros o de los 13.500 euros per cápita de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro serían 7 euros/hora.

Este servicio estará disponible las 24 horas del día y los 365 días del año y no incluye la realización de tareas domésticas. Las solicitudes estarán disponibles a partir de mañana en la página web de la Xunta de Galicia, concretamente en la guía de procedimientos y servicios (http://www.xunta.es/resultados-da-guia-de-procedementos) así como en la web de la Consellería (http://politicasocial.xunta.gal).

Una vez cumplimentadas y junto con la documentación requerida (facturas originales de los gastos, justificación documental de la situación puntual que da derecho a la percepción de la ayuda -justificantes médicos, certificado de asistencia a entrevista de trabajo o curso, etc.-) se entrega todo en la Jefatura Territorial de la Consellería de Política Social de la provincia donde tenga su domicilio la persona solicitante, bien por vía telemática o en soporte papel.