El extesorero de la comunidad de Montes de San Martín de Sobrán en Vilagarcía, José Ramón R. R., aceptó ayer una condena de 21 meses de prisión y una multa de cuatro meses y 15 días a razón de seis euros al día como autor de un delito continuado de falsedad documental en documento mercantil en concurso de otro de estafa.

El reconocimiento de los hechos por parte del acusado permitió llegar a un acuerdo de conformidad con todas las partes, incluida la Fiscalía y la propia comunidad de montes que ejercía la acusación particular. Este pacto permitió también a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra dictar una sentencia "in voce" en la propia sala, fallo que es firme.

La decisión judicial recoge también la suspensión de la pena de prisión que aceptó el acusado, aunque siempre condicionada al hecho de que no vuelva a delinquir en el plazo de tres años y a que cumpla con lo establecido en materia de responsabilidad civil. En este sentido, deberá reintegrar a la comunidad de montes 60.000 euros, según el fallo.

El reconocimiento de los hechos del acusado permitió rebajar sensiblemente la pena que solicitaba inicialmente la Fiscalía, que era de cuatro años y medio de prisión. Al aplicarle la circunstancia atenuante de reparación del daño y de dilaciones indebidas, finalmente solicitó estos 21 meses de prisión que fueron aceptados por el procesado.

Según recoge la Fiscalía de Pontevedra en su escrito de acusación, el acusado ejerció el cargo de tesorero en la comunidad de montes de San Martín de Sobrán entre el 5 de marzo de 1993 y el 31 de julio de 2011. Señala el Ministerio Público que "durante la vigencia de su cargo y hasta el mes de enero de 2007, el acusado, con ánimo de ilícito enriquecimiento, aprovechando el libre acceso a la documentación y datos de dicha comunidad, y sin el conocimiento ni consentimiento de la presidenta ni de las personas que componían la junta rectora", acudía con frecuencia a las oficinas de una entidad bancaria de Vilagarcía en la que esta comunidad tenía dos cuentas bancarias. De esta forma, el acusado hacía suyos los intereses que la entidad bancaria iba abonando a la comunidad de montes por los fondos que tenía depositados, llegando a retirar un total de 90.000 euros, según la Fiscalía.

Devolvió parte

Igualmente, se señala que el acusado en enero de 1996 realizó un traspaso de 45.075 euros (entonces siete millones y medio de pesetas) a una cuenta en la que figuraba como uno de los titulares, cantidad que hizo suya.

El acusado reconoció en un documento con fecha de 11 de enero de 2007 que su deuda con la comunidad de montes ascendía a 90.000 euros, de los que finalmente llegó a reintegrar 87.000 euros.

No obstante, el fiscal del caso solicitaba la devolución de todas las cantidades detraídas, incluidos los 45.075 euros que no fueron recuperados, así como el interés legal incrementado en dos puntos, lo que hace la responsabilidad civil de 60.000 euros que ahora deberá abonar el procesado tras esta sentencia.