La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra acaba de ratificar una sentencia impuesta en su día por el juzgado de lo Penal 3 de la capital en la que se le impuso a un usuario del centro de salud de Baltar, en Portonovo, una pena de seis meses de prisión como autor de un delito de atentado contra funcionario sanitario que acometió y amenazó gravemente a una enfermera cuando esta se encontraba en su puesto de trabajo en el ambulatorio.

Ocurrió en enero de 2017, cuando el acusado acudió al centro de salud de Baltar para realizar unos análisis clínicos. Fue atendido por esta enfermera, quien le informó que podría pasar a recoger los análisis más tarde, por lo que podía ausentarse para tomar un café. Así lo hizo el usuario, quien sobre las 11.30 horas regresó al centro de salud y, puesto que todavía no estaban los resultados, la enfermera le informó de la posibilidad de recogerlos a lo largo del día a la hora que más le conviniera.

Esta respuesta no gustó nada al hombre, quien reaccionó intentando "amedrentar a la enfermera y perturbar el correcto y buen funcionamiento de los servicios públicos" exigiéndole los resultados "y diciéndole que tuviera cuidado, que estaba muy nervioso", al tiempo que comenzó a proferir gritos, "apretando los dientes y alzando los brazos". Señala el fallo que "ante esta actitud la enfermera le ordenó en reiteradas ocasiones que saliera de su consulta, negándose categóricamente el acusado, permaneciendo en el interior al tiempo que le anunciaba a la enfermera que la mataría, que la tiraría por la ventana y que le machacaría la cabeza, haciendo con las manos el gesto de cortarle el cuello".

Pese a las reiteradas peticiones para que depusiera su actitud y dejase la consulta, "continuó vociferando y profiriendo amenazas", invadiendo el "espacio personal" de la enfermera, incluso por encima de su mesa de consulta, razón por la cual la funcionaria no pudo apretar el botón de auxilio, teniendo que "salir finalmente despavorida de la consulta hacia la planta baja del edificio, refugiándose detrás de sus compañeros que se encontraban en el mostrador de la cita previa".

El acusado recurrió esta primera condena del juzgado de lo Penal ante la Audiencia, pero el tribunal rechazó su apelación al considerar que la sentencia se ajusta a lo sucedido. No solo queda claro que la profesional sanitaria estaba en ejercicio de sus funciones, lo que justifica el delito de atentado; sino que consideraron que la entidad de las amenazas y la conducta de este paciente son suficientes para justificar este delito que no solo persigue las agresiones físicas a los funcionarios sanitarios, sino también en el "acometimiento, empleo de fuerza, la intimidación grave o resistencia activa también grave", por lo que confirma la pena impuesta.