Otra de las alegaciones en las que coincidían tanto el Concello como la APDR es en la necesidad de aplicar a la fábrica de Ence en Lourizán los máximos valores de vertido permitidos para los vertidos de carácter urbano y no industriales. Y es que consideran que esto debería ser así al verter sus aguas a través del emisario submarino de la EDAR que sí que depura las aguas residuales de la aglomeración urbana de buena parte de la ría. Esto supondría reducir notablemente los niveles de vertido permitidos a Ence en la Autorización Ambiental Integrada.

La Xunta, no obstante, reitera que el complejo de celulosas "no puede tener la consideración de una aglomeración urbana". Insiste en que el vertido procedente de las instalaciones "carece de aportes de naturaleza doméstica (y en el caso de que formasen parte del vertido resultarían despreciables frente al caudal del efluente industrial) por lo que en ningún caso puede cualificarse de un efluente urbano".

Recuerdan que el vertido de Ence "no se conecta a un sistema de colectores sino a un emisario submarino", es decir, que "no va a una estación de tratamiento, sino que procede de esta". También replican a la APDR a la hora de rechazar su alegación que la respuesta dada a Defensa da Ría por la Comisión Europea no están respaldando sus tesis, precisamente por entender que un emisario submarino "en ningún caso puede tener la consideración de una instalación de tratamiento de aguas residuales. Las aguas tendrían que pasar a través de una EDAR para tener esta consideración de urbana, tal y como se recalca en este nuevo permiso ambiental.