La administración autonómica tiene la obligación de adoptar, mediante una orden anual, las normas generales de pesca fluvial de las distintas especies ictícolas y de los demás seres vivos que habitan las aguas continentales de Galicia.

La captura del salmón, una de las más demandadas, tiene unas prescripciones especiales, de modo que las capturas accidentales, las que se realizan fuera de la temporada hábil o las de ejemplares de dimensión menor que la mínima, así como las de tramos de pesca sin muerte, tienen que ser devueltas al agua con rapidez.

El Lérez figura entre las principales masas de agua salmoneras. El límite inferior está ubicado en Monteporreiro a la altura del puente del ferrocarril y el superior en la presa de Dorna, en Cotobade y Campo Lameiro.

Respecto a las principales masas de agua de reo, son las del río Almofrei, con límite superior en la Fervenza de Portamuiño e inferior un kilómetro aguas arriba de la desembocadura en el Lérez.

También en el río Gafos, entre la unión de los ríos Tomeza y Marcón y la desembocadura en Pontevedra, y en A Gándara, entre la desembocadura del río Rons y el Lérez. El reo se puede pescar en el Umia entre la Fervenza de Segade y Ponte Estacas y en el Verdugo. Lérez y Verdugo también figuran como los de captura autorizada para la trucha.

Asimismo, con motivo de la Festa Municipal da Troita, se autoriza la celebración de un concurso de pesca en los cotos de Ponte Verdugo y Ponte Caldelas.

Los cebos artificiales autorizados son la mosca artificial, la cucharilla y peces artificiales semejantes. Como cebo natural están autorizados todos los cebos excepto todo tipo de huevas de peces y el pez natural.