Una sentencia del Juzgado de lo Penal 1 de Ourense descarta el argumento de un acusado de un delito contra la seguridad vial por conducir triplicando la tasa máxima de alcohol permitida y le impone 900 euros de multa y un año y un día de retirada de carné.

La resolución, que todavía puede ser recurrida, descarta que el resultado del test realizado durante un control en la N-120 en Valdeorras el pasado 24 de febrero, fuese un "falso positivo" provocado por un medicamento que consume el conductor, aquejado de una enfermedad crónica.

Esta justificación la aportó la defensa al inicio del juicio, incorporando a la prueba documental un informe médico. Pero no es válida para el juez, que cuestiona que, conociendo la posibilidad del falso positivo, el acusado no hubiese querido contrastar el resultado del test con un análisis de sangre u orina. También reprocha que el informe no incorpore la ficha del medicamento ni explique en qué condiciones puede producirse el falso positivo.

La sentencia también descarta que la boquilla con la que realizó el test fuese la misma que previamente había usado su compañero. El resultado arrojó 0,9 y 0,85.