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Los juzgados decidirán sobre la anulación de las ofertas públicas del concello de 2013 y 2014

Los recursos del sindicato SPPME incluyen un nuevo fundamento: la posible desviación de poder en el proceso

La oferta pública de empleo incluye la convocatoria de plazas de Policía Local. // Iñaki Osorio

Las ofertas públicas de empleo del concello de los años 2013 y 2014 están pendientes de la resolución de los juzgados Contencioso-Administrativo nº 1 y 2 de Ourense, que deberán sustanciar los recursos presentados por el sindicato policial del SPPME, solicitando la anulación de las mismas, relacionadas con el proceso seguido y las posibles irregularidades cometidas, a la que se le viene de sumar un nuevo fundamento jurídico, en este caso el de la desviación de poder, por entender que se adoptaron resoluciones a sabiendas de que se incumplían los requisitos, lo que llevaría consigo que se pueda derivar, de entender que se produjo, al ámbito penal, por un presunto delito de prevaricación.

Así, en la vista que se celebró el pasado miércoles, 11 de julio, en el Juzgado Contencioso Administrativo nº2, el abogado del sindicato SPPME presentó las alegaciones complementarias relacionadas con la revisión de oficio y declaración de nulidad de pleno derecho de un acto administrativo referido a la oferta pública de empleo del concello de 2013 aprobada por el anterior gobierno socialista, y que fue inadmitida por parte del actual gobierno popular.

La novedad es que se formula ante el juzgado un nuevo fundamento jurídico, en este caso el de desviación de poder, para apuntalar la petición de anulación del proceso y dejar sin efecto la oferta pública. En la vista celebrada, la letrada municipal, acompañada por un abogado propuesto por algunos de los opositores a las plazas de policía local que se consideran perjudicados -el proceso, que afecta a las plazas de policías locales, y que se encuentra en su fase final- aportó nueva documentación.

Sobre esta cuestión, y según confirmaron a FARO fuentes judiciales, se aportó por parte de la representante legal del concello el reparo realizado en su momento por el interventor municipal sobre el proceso seguido, así como el levantamiento del mismo por parte del alcalde en base a un informe de discrepancia del jefe de servicio de Recursos Humanos.

El reparo que en su momento emitió el interventor, y del que tuvo conocimiento físico el magistrado el pasado miércoles, es contundente en base a tres aspectos relacionados con la convocatoria de esas plazas contempladas en la oferta pública de empleo de 2013: ausencia del Plan Economico-Financiero específico aprobado por el pleno en el que se justifica la medida de alcanzar el 100% de la tasa de reposición de la plazas. Y en el que se ponga de manifiesto que se cumplía el principio de estabilidad financiera.

Así como que el Concello cumple los límites que fija la legislación reguladora de haciendas locales o, en su caso, la Ley de Presupuestos Generales del Estado en materia de autorización de operaciones de endeudamiento. En definitiva, el requisito que marcaba la ley, y que contó con el informe desfavorable del interventor.

De ahí la transcendencia del informe de reparo del interventor con acuse de recibo al área de Recursos Humanos que no consta en el expediente administrativo remitido al juzgado., como se constató en la vista celebrada, en la que fue entregado por la letrada del concedo.

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