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El Tribunal Administrativo obliga a licitar de nuevo la gestión tributaria y fiscal de Bueu

Resuelve que la falta de concreción en el baremo de puntuación supone un "vicio de nulidad" que invalida todo el proceso - El Concello renuncia a recurrir por "pragmatismo"

La oficina de gestión tributaria de Bueu, en la calle peatonal Edurado Vincenti. // Gonzalo Núñez

La previsión y la antelación esta vez le han servido de muy poco al Concello de Bueu. El Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (TACRC) se ha pronunciado antes de que expirase el actual contrato de gestión tributaria y fiscal, pero su resolución obliga a repetir el proceso para licitar este contrato. El TACRC estima parcialmente el recurso interpuesto por una de las dos aspirantes al contrato y detecta un "vicio de nulidad" en una de las cláusulas del pliego administrativo, lo que en la práctica significa poner el contador a cero e iniciar de nuevo todo el proceso.

El recurso fue presentado por Servicios de Colaboración Integral (SCI), que además es la empresa que presta actualmente este servicio. La compañía alegaba que no se motivaba suficientemente la resolución y que además no se tenía en cuenta su proyecto informático. El dictamen del TACRC acepta en parte la petición de SCI, en tanto en cuanto ordena repetir el concurso público. Pero lo hace con un argumento diferente al alegado por la empresa. El tribunal advierte que la cláusula IX.1, que se refiere a la "solución tecnológica aplicada", no especifica de una manera clara los criterios de puntuación que se tendrán en cuenta. Es precisamente esa inconcreción lo que anula todo el proceso y obliga a una nueva licitación. "La indeterminación de la cláusula es absoluta, pues nada explica ni detalla sobre los aspectos concretos que van a ser objeto de valoración. No es que se efectúe un desglose de la puntuación aplicable a cada uno de esos aspectos, es que ni siquiera se menciona cuáles van a ser", indica en uno de sus fundamentos la resolución.

La consecuencia de esta "imprecisión" es que el pliego de contratación administrativa adolece de "un vicio de nulidad de pleno derecho" porque, según el TACRC, supone una vulneración "de los principios generales de la contratación y determina por ello la nulidad del procedimiento".

Los argumentos del tribunal han sorprendido a los servicios técnicos municipales puesto que la cláusula anulada no formaba parte del recurso presentado por la empresa, lo que a priori daría pie a que el Concello presentase un recurso contencioso-administrativo. No obstante esta opción está descartada por una simple cuestión de pragmatismo. "Neste caso o que nos interesa é abrir un novo procedemento de licitación, resolvendo esta cuestión, para que o novo contrato poda estar adxudicado antes do 31 de maio", manifiestan desde el gobierno buenense.

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