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La Xunta remite las tasaciones de las fincas afectadas por la LAT O Irixo-Lalín

-El proyecto de Fenosa se encuentra ahora en la fase de pago de las expropiaciones -Los trámites administrativos siguieron adelante, al contar con todas las autorizaciones

Participantes en una ruta y recital poético en Casas Vellas, el año pasado. // Bernabé/Luismy

Los propietarios afectados por la Línea de Alta Tensión (LAT) O Irixo-Lalín están recibiendo estos días cartas certificadas del Xurado de Expropiación de Galicia, dependiente de la Consellería de Infraestructuras. En las misivas se les comunica el acuerdo de valoración de las fincas afectadas. Contra esta decisión puede interponerse un recurso en la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde la notificación.

Se trata de un trámite administrativo de la Xunta que confirma que el proceso que promueve Fenosa sigue adelante, ya que cuenta con todas las autorizaciones e informes pertinentes desde mayo de 2014. Con la llegada de estas cartas queda claro que la Xunta no atendió la petición que hizo el gobierno local a finales de octubre para que paralizase de forma cautelar el proceso expropiatorio hasta que se tomasen medidas de protección del bosque de Casas Vellas. Ahora mismo, el proceso está en fase de pago de la expropiación, aunque desde la Xunta en su momento ya se recalcó que estas expropiaciones serían reversibles en caso de que hubiese una modificación del proyecto encaminada a salvaguardar este bosque.

La plataforma Salvemos Catasós está pendiente de realizar una asamblea para valorar el contenido de estas misivas, que han sido un varapalo más en la larga lucha que mantienen contra el proyecto de Fenosa. Las cartas, bastante extensas, indican al propietario qué tipo de suelo es el que afecta a la finca expropiada. Así, en caso de que se trate de suelo rústico protegido, su valoración se realiza mediante la capitalización de la renta anual real o potencial de la explotación. Para tener en cuenta los cultivos que pueden darse en cada finca, el Xurado de Expropiación echa mano del Mapa de capacidade productiva do solo de Galicia, elaborado en 1984 por Díaz Fierros y Gil Sotres. Este valor se corrigió multiplicándolo por un factor de corrección en el que, a su vez, se tienen en cuenta tres cuestiones: la accesibilidad a núcleos de población, la accesibilidad a centros de actividad económica y la ubicación en entornos de singular valor ambiental o paisajístico, que es sin lugar a dudas el criterio que más importa al hablar de Casas Vellas. Se tiene en cuenta, también, la presencia de árboles que, de tener que ser talados, quedarían a disposición del expropiado.

El Xurado de Expropiación contempla, además, un premio de afección, que intenta compensar el daño moral que causa la expropiación. Es un porcentaje que se aplica sobre el precio justo establecido. La Ley establece este porcentaje en un 5%.

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