Más de 8.000 pisos y casas de Pontevedra superan el medio siglo de antigüedad

Los propietarios están obligados a elaborar y presentar el Informe de Evaluación de Edificios

Edificio en ruinas en el centro histórico de Pontevedra.

Edificio en ruinas en el centro histórico de Pontevedra. / GUSTAVO SANTOS

El 25,43% de viviendas de la ciudad de Pontevedra tiene más de 50 años, según datos de la Federación Galega de Empresas Inmobiliarias (Fegein), que contabiliza un total de 8.095 casas y pisos en la Boa Vila con más de medio siglo.

La patronal del sector inmobiliario gallego estima que en estos momentos “el 87% de las viviendas vacías” en la Boa Vila están en un estado “deficiente o muy deficiente” que motiva que “no sean aptas para el arrendamiento”, señala Benito Iglesias, presidente de la Fegein.

Esta también registra que el 18.60% del parque inmobiliario capitalino (hasta un total de 6.000 viviendas) presenta deficiencias en el aislamiento térmico y acústico.

El presidente de la Fegein recuerda que “están obligados a elaborar y presentar” el Informe de Evaluación de Edificios (IAE) en el Concello, “los propietarios de edificios de uso residencial vivienda colectiva, en el plazo máximo de un año desde que el edificio alcance los 50 años o la antigüedad que establezca el ayuntamiento, de ser el caso”.

El IAE, es un instrumento que acredita la situación en la que se encuentra un edificio en relación con su estado de conservación, con las condiciones de accesibilidad e informa sobre la certificación de la eficiencia energética.

Benito Iglesias incide en que el informe de evaluación de edificios “está directamente relacionado con el deber establecido en el artículo 135 de la Ley 2/2016, del 10 de febrero, del suelo de Galicia, que “obliga a las personas propietarias de toda clase de terrenos, construcciones, edificios e instalaciones a conservarlos en las condiciones legales para servir de soporte a los usos a que están destinados y, en todo caso, en las de seguridad, salubridad, accesibilidad universal y ornato legalmente exigibles”.

Añade que esta obligación se concreta para las personas propietarias y usuarias de viviendas en el capítulo III del título I, “Del uso, del mantenimiento y de la conservación de las viviendas”, de la Ley 8/2012, del 29 de junio, de vivienda de Galicia, al establecer en el artículo 12 el deber de que estén en buen estado de conservación, mantenimiento y seguridad.

“El deber de conservación viene definido por la jurisprudencia como un deber básico de la persona propietaria del suelo, cuyo contenido expresa una manifestación de la función social de la propiedad”, recuerda.

La Fegein estima que el 87% de los pisos y casas vacías no es apto para el alquiler

En este sentido, el IAE “permite un conocimiento detallado sobre el estado de conservación de los edificios de uso residencial colectivo, sus condiciones de accesibilidad universal y su eficiencia energética, el cumplimiento del deber de conservación de los edificios y la adopción de las medidas necesarias para la conservación y rehabilitación del parque de edificios de viviendas y la regeneración y renovación de los tejidos urbanos existentes, con el fin de asegurar su seguridad, salubridad y accesibilidad de forma que no supongan riesgos para las personas y los bienes y garantizar el derecho de las personas a habitar en una vivienda digna”.

Este conocimiento facilita “la realización de reparaciones y rehabilitaciones preventivas, antes de que se presenten problemas graves y costosos”, indica el responsable de la patronal del sector de la construcción.

El informe también posibilita conocer las condiciones de cada edificio referidas a la accesibilidad y sus dotaciones en función de sus características y en función de él “se definirán las medidas de adecuación para implantar en el inmueble, con criterios de flexibilidad, y su coste”.

Benito Iglesias recuerda que las actuaciones de rehabilitación y mejora que se lleven a cabo “pueden beneficiarse de las ayudas de la Xunta, tanto en materia de conservación como de accesibilidad y de eficiencia energética”.

Incide asimismo en que la información derivada de los informes de evaluación de edificios inscritos en el registro, “servirá como un instrumento fundamental para orientar las políticas municipales y autonómicas en el sentido de la rehabilitación”.

El presidente de la Fegein también hace hincapié en que la Inspección Técnica de Edificios “es un trámite obligatorio para determinadas edificaciones que puede comprometer, incluso, una operación de venta de una vivienda. Se trata de una revisión asociada a las construcciones de cierta antigüedad, diseñada para detectar y poner en marcha las mejoras y reparaciones necesarias en materia de seguridad”.

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