“Satisfacción a medias” en el entorno de la familia de Jessica por la condena a Eirín: “Lo que hizo no tiene solución”

“Estamos contentos porque se demostró lo que decíamos, que fue un asesinato pero sería más justa la prisión permanente revisable”

Ofrenda floral en recuerdo de la víctima en el lugar del suceso.

Ofrenda floral en recuerdo de la víctima en el lugar del suceso. / Rafa Vázquez

“Lo que hizo ya no tiene solución”. Es el mensaje que desde hace meses lanza el entorno de la familia de Jessica Méndez, la joven afincada en Verducido que murió asesinada en marzo de 2022 cuando el vecino de Barro José Eirín empotró su coche contra el de ella en la N-550. Así se establece en la sentencia de 22 años de cárcel que la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, impuso el viernes al acusado, de acuerdo con el veredicto de culpabilidad del jurado popular.

Javier Goldar, presidente de la asociación de vecinos de Verducido no ejerce como portavoz de la familia, pero sí recoge el sentir general en su entorno, que hace un mes organizaba una marcha en recuerdo de la joven. “Estamos conformes por fue declarado culpable, pero lo más justo sería la prisión permanente revisable”, señalaba ayer este vecino a pocos metros de la casa de la familia de Jessica. Insiste en que la “satisfacción (por la condena) es a medias ya que lo que hizo (Eirín) ya no tiene solución. Al no ser cadena perpetua, lo mínimo es que cumpla íntegramente esos 22 años”, añade.

Según la sentencia, el asesinato ocurrió hace dos años, cuando el procesado impactó con su vehículo deliberadamente contra el turismo de la joven, que estaba parado. A la hora de dictar la pena, el tribunal ha tenido en cuenta la circunstancia agravante de haber cometido el delito por razones de género. Además, le impone la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de los familiares y de la que era pareja sentimental de la víctima, así como de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro en el que se encuentren, y de comunicarse con ellos por cualquier medio, de forma directa o indirecta, durante 32 años.

El jurado popular consideró probado que el acusado, “con el propósito de acabar con la vida de la víctima”, dirigió “intencionadamente” el vehículo que conducía contra el de ella, que se encontraba detenido, aguardando para incorporarse a la N-550 desde una carretera secundaria.

Así, de forma deliberada y circulando a unos 80 kilómetros por hora, se salió de la vía por la derecha hasta impactar de lleno contra la puerta del conductor del coche de Jessica, causándole lesiones tan graves que falleció horas después en el hospital. Todo ello, recogen el veredicto y la sentencia, sin que la joven tuviera posibilidad alguna de reaccionar o protegerse para evitar el impacto, por lo que se entiende que hubo alevosía.

El jurado llegó a esa conclusión tras escuchar las declaraciones de los expertos del Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico de la Guardia Civil y ante las manifestaciones de los testigos, que relataron que, tras el choque, José Eirín mostró una “actitud indiferente y pasiva”, sin interesarse por el estado de la chica y sin revelar que la conocía.

Con respecto a la agravante por motivos de género, el tribunal popular entendió que “fue la indiferencia de Jessica hacia la persona del acusado José Carlos, unida al hecho de provenir tal indiferencia de una mujer, lo que determinó la decisión de éste de dirigir su vehículo contra el conducido por Jessica, impactando violentamente contra él”.

En la sentencia, el magistrado apunta que, entre otras cuestiones, “la falta de reconocimiento de la autodeterminación personal y sentimental a la mujer por el mero hecho de serlo, de la libertad de escoger con quién se quiere relacionar y con quién no” es “lo que subyace en el modo de proceder del acusado”. Al respecto, el propio jurado ve probada una situación de “control” y vigilancia previa, que se agravó cuando Jessica inició una relación sentimental con el que era su novio en el momento de fallecer.

La defensa pidió la aplicación de las atenuantes de intoxicación (por el consumo del medicamento Tramadol) y de reparación del daño (porque el acusado intentó que su aseguradora indemnice a los familiares y pareja de la víctima). Sin embargo, estas dos circunstancias, por decisión del magistrado presidente, no fueron incluidas en el objeto de veredicto.

José Eirín, a las puertas de la Audiencia.   | // G. SANTOS

José Eirín, a las puertas de la Audiencia. | // G. SANTOS / Nicolás Davila

La defensa estudia un recurso a los 22 años de cárcel: “No se refleja lo probado en el juicio”

La Fiscalía solicitó para el encausado la pena de 24 años de prisión, mientras que las acusaciones particulares, ejercidas por la familia y el que era novio de Jessica, pidieron 23 y 22 años de cárcel, respectivamente. Por su parte, el abogado de Eirín pidió la libre absolución o, subsidiariamente, una condena por homicidio imprudente, al entender que Eirín sufrió un episodio de somnolencia y se salió de la vía de forma accidental. El letrado Celestino Barros, anunció ayer la probable presentación de un recurso porque “la sentencia no refleja lo que quedó probado en el juicio” que fue, según su versión, un accidente. En cambio, en su decisión el juez tuvo en cuenta la gravedad de los hechos y, en concreto, la juventud de la víctima, que no había cumplido los 30 años cuando murió; o la forma elegida por él para cometer el asesinato, que le posibilitó el intento de hacer pasar lo ocurrido por un accidente de tráfico; pero también la ausencia de conflictos previos entre ésta y el acusado.

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