La Audiencia de Pontevedra rebaja la pena de doce a siete años al violador de una mujer discapacitada en Pontevedra

Reduce la condena en cinco años en aplicación de la ley del "sólo sí es sí"

Audiencia Provincial.

Audiencia Provincial. / Rafa Vázquez

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha rebajado, en aplicación de la LO 10/2022 (conocida popularmente como ley del "sólo sí es sí", de 12 a siete años la pena de prisión impuesta a un hombre por agredir sexualmente a una mujer con una discapacidad intelectual. El tribunal explica que la horquilla prevista cuando se dictó la sentencia para el delito cometido era de 12 a 15 años de prisión, por lo que fue impuesta en su grado mínimo.

La aplicación de la nueva ley, según el auto, conlleva una horquilla penológica de siete a 15 años, por lo que subraya que, aplicada la pena en su grado mínimo, como lo fue en la individualización de la pena en la sentencia dictada que devino firme, la pena a imponer ha de ser de siete años de prisión, es decir, cinco menos que los impuestos inicialmente, según informó el TSXG.

En este caso, el acusado permanece en prisión desde marzo de 2018, por lo que continuará en prisión, pero con la nueva sentencia ve su puesta en libertad más cerca, aproximadamente en el año 2025.

Los hechos por los que fue condenado esta persona, de nacionalidad ghanesa, se remontan precisamente a marzo de ese año 2018 cuando se encontró a la puerta de un comercio de la calle Santa Clara de Pontevedra a la víctima, la cual tiene una discapacidad intelectual con un grado del 65%, estando la misma incapacitada judicialmente. El acusado la invitó a tomar algo a su domicilio y allí la violó, forzándola con a mantener relaciones a pesar de la oposición de ella. Al día siguiente, denunció los hechos ante la Policía Nacional de la ciudad.