Absuelven a un ascensorista acusado de grabar a una mujer en ropa interior
La víctima vio a un hombre con un móvil enfocando hacia su cuarto desde una buhardilla, pero en el teléfono no se encontró ninguna imagen incriminatoria
J. F.
La magistrada del Penal 1 de Ourense ha absuelto a un hombre de 54 años, ascensorista de profesión, que estaba acusado de haber captado con un móvil, desde los trasteros de un edificio de la ciudad, donde comía, a una mujer que se estaba cambiando en su habitación, sobre las 15 horas del 14 de octubre de 2020. Al darse cuenta de que alguien estaba con un móvil en la mano enfocando hacia su cuarto desde la ventana de una buhardilla –ella se encontraba en ropa interior–, gritó y alertó a la Policía.
El encausado negó que tuviera el teléfono en la mano con esa intención. En el móvil de empresa, que él usaba por motivos profesionales, faltaba una imagen de las que habían sido captadas, pero en el análisis efectuado por la Policía Nacional no ha quedado acreditado de qué contenido se trataba –ni siquiera si era una fotografía o un vídeo–, y por tanto no hay pruebas de que se hubiera cometido una intromisión en la intimidad de la víctima, concluye la jueza. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación a la Audiencia Provincial.
En el juicio, la mujer declaró que, a consecuencia de los hechos, no quería dormir en la habitación y necesitó medicación durante dos semanas. La magistrada da valor a la versión persistente y sin contradicciones de la víctima, pero no encuentra corroboraciones periféricas para condenar.
“No existen indicios lo suficientemente relevantes para desvirtuar la presunción de inocencia”
La dueña del trastero declaró que el cierre fue manipulado y el plástico de la ventana, desde donde se ve la habitación de la víctima, estaba rasgado. Había una silla y tres ladrillos para poner los pies que no eran suyos, dijo la dueña. No hay pruebas para concluir que eran del acusado, considera la magistrada.
El ascensorista declaró que se encontraba en el trastero para comer. Alegó que no estaba grabando con el móvil cuando fue visto por la víctima, sino que lo usaba por motivos profesionales. Añadió que, por su trabajo, hace fotos y vídeos de las averías, que después borra para hacer más. “No existen indicios lo suficientemente relevantes para desvirtuar la presunción de inocencia”, dice la jueza.
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