El BNG formaliza la querella contra Jácome por supuesta falsedad en una multa de tráfico

En relación con los audios en los que el regidor intenta que dos funcionarios asuman la infracción del coche oficial en Vigo, que luego recayó en el número 6 de la lista de DO

Abogado y cargos del BNG, ratificando, ayer, la denuncia enel juzgado. |  // FERNANDO CASANOVA

Abogado y cargos del BNG, ratificando, ayer, la denuncia enel juzgado. | // FERNANDO CASANOVA / REDACCIÓN

REDACCIÓN

El BNG formaliza el requerimiento de la titular del Juzgado de Instrucción nº 3 y presenta la querella para que se investigue la presunta comisión de un delito de falsedad en documento público en la identificación del conductor del coche del Ayuntamiento de Ourense adscrito a la alcaldía y multado en Vigo. Un profesor de la escuela de música del Concello aparece como conductor y pagador de la multa impuesta un sábado de septiembre de 2022 en Samil, Vigo al coche oficial que suele conducir el alcalde.

La formación nacionalista acudió ayer a los Juzgados de Ourense, para dar cumplimiento a lo requerido por la titular del Juzgado de Instrucción número 3. en el que instaba al BNG a presentar una querella y depositar una fianza para poder iniciar el procedimiento Ourense, 19 de mayo de 2023.

El pasado 6 de mayo, y después de hacerse públicos unos audios en los que el actual regidor Gonzalo Pérez Jácome pretendía que algún trabajador municipal asumiera la sanción impuesta a un vehículo municipal, concretamente adscrito a la alcaldía y conducido habitualmente por el propio alcalde y cuyo importe ascendió a 1.200 euros, el BNG acudió entonces al juzgado de guardia.

Hace unos días jueza titular del Juzgado de Instrucción nº 3, encargado de tramitar esta denuncia, requirió al BNG a la presentación de una querella y al depósito de una fianza de 2.000 euros en caso de querer continuar con el procedimiento ya que “al no ser parte directamente afectada tiene que ser a través de este mecanismo”.

Infracciones

BNG pide además que se investigue un supuesto delito de falsedad documental ante la posibilidad de que se haya suplantado la identidad del verdadero autor de la infracción.

También pide que se investigue si hubo delito de malversación ambos por la vía penal, por uso indebido de un coche oficial en este caso un bien público.

El actual portavoz municipal y candidato a la alcaldía Luis Seara, acompañado por la diputada Noa Presas, el diputado Iago Tabarés y el abogado Xoan Antón Pérez Lema, encargado de llevar el caso, acudieron a los Juzgados de Ourense para formalizar dicha querella.

Xoan Antón Pérez Lema afirmó que “formalizamos la querella y la fianza en los términos establecidos por la jueza y como acusación popular pues es la figura que le corresponde en este caso al querellante, al BNG”.

Pérez Lema avanzó que con este trámite la jueza ya puede determinar “la admisión a trámite de la querella y por lo tanto iniciar las diligencias que en ella solicitamos”.

Solicitaron al Ayuntamiento de Vigo aporte el expediente del procedimiento sancionador y al Ayuntamiento de Ourense la certificación de titularidade del vehículo y la identidad y vinculación con el Ayuntamiento de Rafael Cachafeiro, la persona que dijo conducir el coche oficial del alcalde esa noche de septiembre., así como de los dos empleados públicos identificados en los audios y por último el requerimiento al director de La Región, para que aporten los audios hechos públicos el día 6 de mayo”.

La jueza deniega la petición del alcalde de prohibir la difusión de los audios

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 3 de Ourense, que estaba de guardia, cuando el alcalde la ciudad, Gonzalo Pérez Jácome, presentó una denuncia contra el diario ‘La Región’ por supuesto delito de descubrimiento y revelación de secretos, ha denegado la solicitud del regidor, como medida cautelar para prohibir la difusión de unas grabaciones de conversaciones que mantuvo con terceras personas. La jueza explica en el auto, con fecha del jueves y contra el que cabe presentar recurso, que “no concurren indicios bastantes que hagan presumir la participación de persona alguna” por cuanto “no se aporta elemento alguno que permita inferir la coacción no autorizada de dispositivos de escucha y grabación”. Destaca que “no consta” fotografía o inspección ocular de los que resulte ningún micrófono o dispositivo técnico, tal y como apunta el alcalde, “ni testigo o persona alguna que haya observado los mismos, su instalación, colocación o retirada”, así como “tampoco informe pericial alguno” que acredite “el lugar de obtención o manipulación o alteración de ningún tipo”. Por tanto, recuerda que “el presupuesto esencial para la adopción de una medida restrictiva de un derecho es la existencia previa de indicios racionales y no meras conjeturas o sospechas de la comisión de una infracción” del artículo 197 del vigente Código Penal --de revelación de secretos.

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