La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense absolvió a un hombre acusado de abusar sexualmente de la compañera de habitación de su sobrina, quien estaba ingresada en el Complejo Hospitalario Universitario de Ourense (CHUO).

La madre de la menor, que tenía 13 años, denunció que había visto “cosas raras entre el acompañante de la niña que estaba en la cama de al lado y su hija”. Los magistrados que vieron el caso subrayan en la sentencia que la prueba practicada en el acto de juicio “no permite obtener los elementos de convicción necesarios para considerar probados los hechos que integran el escrito de acusación”.

Durante el juicio –que se celebró el 25 de noviembre a puerta cerrada para preservar la intimidad de la menor– el encausado negó los hechos y refirió que había estado durmiendo toda la noche.

Sin embargo, la Fiscalía –que solicitaba una condena de 3 años de prisión, el mismo tiempo de libertad vigilada y 4 años de alejamiento– refería en su escrito de acusación que la madre de la víctima se hizo la dormida, porque sospechaba, y lo sorprendió masturbándose al lado de la cama de su hija, tras haberle hecho tocamientos.

La forense que compareció en el juicio indicó que no pudo hacer el informe de credibilidad sobre la versión de la víctima porque la menor no se encontraba en condiciones de declarar cuando fue entrevistada. Permanecía hospitalizada tras haber denunciado sufrir un delito de similar tipología –un caso en el que otro hombre resultó condenado–.

“No le preguntamos porque no quería contarlo. Lloraba se bloqueaba y no quería contarlo. Es habitual el bloqueo derivado de un hecho así”, afirmó en sede judicial. Y al no haber relato no se realizó el informe.

Sin embargo, sí se considera un hecho probado que la madre “salió corriendo de la habitación avisando a las dos enfermeras de planta de que sucedían cosas en la habitación sin que pudiera explicarlas”, como recoge el dictamen.

Por otro lado, la mujer afirmó durante la vista oral lo siguiente: “No me supe expresar, no supe pedir ayuda a las enfermeras, no me supieron entender. Me dio un ataque de ansiedad y me ingresaron”. La tarde anterior se había enterado de otro problema con un pariente.

Los magistrados de la Audiencia Provincial señalan incoherencias en los testimonios de la madre y la hija –la segunda dice que todo ocurrió cuando la primera había salido de la habitación–. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación en el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.