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cartas al director

Valoración de bienes

La Xunta sube la valoración de bienes en Cangas un 2,8%, Moaña un 1,1% y Bueu un 1.1%. ¿A qué se debe esa desproporción entre municipios limítrofes?, ¿es que los vecinos de Cangas somos más ricos, tenemos los sueldos y pensiones 2,5 puntos más altos que los de Moaña y Bueu para aplicarnos ese porcentaje? Esto significa que un pensionista de Moaña o Bueu si cobra 1.000 euros de pensión, otro de Cangas cobraría 2.500 euros. ¿Es eso así? Creo que no. ¿Es que tenemos mejores servicios con respecto a los otros pueblos?.

Como el artículo de prensa no aclara el por qué de esos porcentajes y los que deberían informarnos, en este caso la Xunta, que ha sido el organismo responsable de la diferencia del porcentaje a aplicar al valor catastral entre estos pueblos, no lo hace, solo nos quedan las dudas y especulaciones.

Este impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), se aplica a la compra-venta de bienes inmuebles (casas, pisos?) usados y a las sucesiones y donaciones que gravan las herencias.

En el 1º caso: compra-venta de una casa cuyo valor catastral es de 50.000 euros:

Cangas: 50.000 multiplicado por 2,8% = 140.000 euros (valoración de la Xunta). El impuesto a pagar es el 10% de 140.000 euros que corresponde a 14.000 euros.

El vecino de Cangas tiene que pagar por comprar la casa 14.000 euros a la Xunta más impuestos municipales. Notaría?

La misma casa situada en Moaña o Bueu: 50.000 euros multiplicado por 1,1% = 55.000 euros (valoración de la Xunta). El impuesto a pagar es el 10% de 55.000 euros que corresponde a 5.500 euros. Los vecinos de Moaña o Bueu pagarían 5.500 euros a la Xunta, más impuestos municipales, notaría?

Que me expliquen por qué los vecinos de Cangas por la compra-venta de una casa usada tenemos que pagar a la Xunta 14.000 euros y los de Moaña y Bueu por la compra-venta de la misma casa tienen que pagar 5.500 euros.

En el 2º caso: con respecto a las herencias ocurre otro tanto. A los herederos de un vecino/a de Cangas, la valoración del inmueble (casa) por parte de la Xunta es de 140.000 euros y a los herederos de otro vecino/a de Moaña o Bueu es de 55.000 euros la valoración de la misma casa. Si esa misma casa que la Xunta valora en 140.000 euros yo la compro en 80.000 euros ¿creen que puedo firmar una escritura en la que acepto la valoración de la Xunta si no es lo que yo he pagado por el inmueble?

Yo no, porque ¿creen que en la próxima regularización catastral, los 50.000 euros de valor catastral hoy, no pasarán a los 140.000 euros de valoración que la Xunta aplica en este momento, ya que yo la acepté firmando la escritura de compra-venta? Y el IBI con esas valoraciones ¿en cuánto se pondrá? Hay que tener en cuenta que una compra- venta es ocasional pero el IBI se paga todos los años. Si el inmueble está inhabitable y la valoración de la Xunta es de 140.000 euros, si la rehabilito, sin aumentar volumen ¿la valorarán en un millón de euros?

Señores de la Xunta, yo me pierdo una posible inversión, pero ustedes también. Sr. Feijóo "la avaricia rompe el saco". Voy a recordarle un artículo de la Constitución a la que tanto aluden cuando les interesa:

Art. 31 de la Constitución: "Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso tendrá alcance confiscatorio."

Por qué será que tanto usted, Sr. Feijóo, que se está "montando" una casa en Moaña, como su conselleiro de Facenda que la tiene montada en Bueu, eligieron esos lugares ¿por qué será? Todos los días nos repiten una y otra vez que en Galicia no se pagan impuestos ¿quiénes?

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