¡Jueces sin adjetivos por favor!

Enrique César López Veiga

Enrique César López Veiga

Empezaré diciendo que creo en el sistema judicial español y creo en la profesionalidad de los jueces. Bien es verdad que algo había que hacer para que la justicia fuera más rápida, pero esto no puede poner en cuestión un sistema que ha venido funcionando correctamente en los años de la democracia. Los jueces tienen una misión muy especial contemplada en el artículo 117 de nuestra Constitución (que es muy buena, dicho sea de paso) que dice que “la justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por jueces y magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la Ley”.

¡Jueces sin adjetivos por favor!

¡Jueces sin adjetivos por favor! / Enrique César López Veiga

Por eso creo que hacemos muy mal todos, pero especialmente mal los que tienen responsabilidades políticas, al clasificar a los jueces en conservadores y progresistas. Esto ni es así ni puede serlo. A mí nunca me ha preocupado si el que juzga tiene una u otra ideología, sino que simplemente se espera de los jueces que apliquen la ley con rigor. En esto consiste el Estado de Derecho que es el fundamento de una democracia verdadera y España lo es. De igual manera no se puede descalificar una decisión de un tribunal porque se haya votado por mayoría. Eso siempre es así y cuando un tribunal dicta una sentencia es ese organismo el que la dicta y no una determinada mayoría ideológica. En una democracia esa manera de hablar no se debe de admitir en boca de responsables políticos.

Hablar de jueces progresistas o conservadores es tan ridículo como hablar de guardias civiles o militares de derechas o de izquierdas, o de funcionarios progresistas o conservadores de la Agencia Tributaria y así un largo etcétera. Hay puestos que no admiten posicionarse de acuerdo con ninguna ideología. En el caso de los jueces solo pueden juzgarse de acuerdo con su capacidad de aplicar la ley rectamente.

En las recientes disputas sobre la renovación de los órganos judiciales se está yendo demasiado lejos ya que la disputa no parece ser lo que dice la Constitución, sino que lo que parece molestar es que “no se aparten los tuyos para que yo pueda nombrar a los míos”. La renovación del Consejo General del Poder Judicial está contemplada en el artículo 122 de la Constitución y conviene recordar que si no hay acuerdo en Congreso y Senado para acordar la elección de unos candidatos a miembros, no es incumplimiento de los partidos políticos sino que es un sonoro incumplimiento de ambas Cámaras Legislativas, que deben de elegir esos miembros “… por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas , todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio de su profesión”.

Es obvio que no puede haber elección posible si los partidos que conforman esa mayoría de tres quintos no se ponen de acuerdo. Lo mismo sucede con la elección de los miembros del Tribunal Constitucional (Artículo 159). En las circunstancias actuales solo un acuerdo entre el PSOE y el PP puede garantizar esa mayoría. El problema es que los partidos políticos tienen que acudir a esas negociaciones con voluntad de consensuar, que no repartirse, una lista de candidatos que aseguren a los que negocian que cumplen con los preceptos de idoneidad, independencia y ecuanimidad que tal puesto requiere. En definitiva, que impere únicamente la Ley en esos órganos.

Espero que la Navidad devuelva el sosiego a la vida política al menos para el tema que nos ocupa y por favor, ni jueces progresistas, ni jueces conservadores, simplemente ¡jueces!

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