Indemnizan con 119.059 euros al apoderado de A Xunqueira por el incendio de su barco

Reclamaba 128.417 euros por el dinero invertido en la reparación de la lancha de recreo desde que la adquirió en 2017 y la depositó en el astillero de Meira

El siniestro ocurrió en mayo de 2020

Incendio del barco de recreo en el interior de Astilleros A Xunqueira el 26 de mayo de 2020.

Incendio del barco de recreo en el interior de Astilleros A Xunqueira el 26 de mayo de 2020. / Gonzalo Núñez

En los juzgados se sigue hablando del astillero Industrias Navales A Xunqueira, de Meira, cerrado desde hace un año por falta de liquidez y con la plantilla intentando cobrar las deudas en el Fogasa. Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo ha dado la razón parcialmente al hijo del empresario y apoderado del astillero en la demanda que había presentado de indemnización por el incendio que, en mayo de 2020, destruyó su embarcación de recreo, de nombre “Ethan”, que se encontraba en reparación dentro del recinto.

La sentencia admite parcialmente la demanda y condena a la empresa de electricidad que realizaba los trabajos y su aseguradora a indemnizarle con 119.059 euros, con los intereses legales desde la interposición de la denuncia. El demandante solicitaba la cantidad de 128.417 euros, por todo lo que había invertido en la reparación. Ya había percibido de su aseguradora 25.000 euros por la pérdida de la lancha.

La sentencia se ha hecho esperar después de que se admitiera a trámite en mayo de 2022 y se celebrara el juicio en noviembre de ese año. En la demanda figura que el propietario había adquirido la embarcación de recreo en junio de 2017 y que con el fin de realizar una reparación y reforma integral de la misma la depositó en las instalaciones del astillero aportando un presupuesto con los trabajos solicitados para realizar, por importe de 133.869 euros (IVA incluido).

Aseguraba que era y sigue siendo empleado del astillero y que en esa confianza, desde 2017, se fueron realizando los trabajos de mejora, adelantando el pago mediante entregas parciales. El 26 de mayo de 2020, con los trabajos prácticamente finalizados, se produjo un incendio en la embarcación. El fuego provocó mucha alarma, generó una gran nube negra que era visible desde el otro lado de la ría y fue sofocado por los bomberos de O Morrazo que evitaron que afectara a una gran draga de 53 metros de eslora, sometida a tareas de reparación.

Activó las baterías para escuchar la radio

En su denuncia, el empresario y dueño del barco de recreo aportó un informe contratado a una entidad de investigación de siniestros que confirmó que el fuego se originó por “un defecto de instalación y montaje de componentes eléctricos que favorecen la aparición de un punto caliente por resistencia eléctrica, que alcanza temperaturas de inflamación de ignición de los aislantes envolventes, estableciendo el fuego”, es decir tuvo su origen en un cortocircuito, de ahí la sentencia condenatoria a la empresa de electricidad. Ésta alegó que el presupuesto de los trabajos de reforma aportado “no acredita la realización de los mismos ni su coste, porque es emitido por la empresa en la que el demandante desempeña entre otros cargos, el de jefe de taller y es partícipe en la misma, siendo su padre el fundador”.

Añade que los cables estaban aislados y protegidos por fusibles que impedían un cortocircuito, que las baterías habían quedado desconectadas al finalizar la jornada el día anterior al siniestro, por lo que no había alimentación eléctrica. También alegó que la alteración de las condiciones de seguridad en las que dejó la instalación eléctrica se produjo por un tercero ajeno a la demandada. Efectivamente, un trabajador activó de motu propio las baterías para escuchar la radio.

La sentencia confirma que en base a los informes periciales el origen del incendio fue un cortocircuito por las deficiencias en los trabajos de la empresa eléctrica. Contra ésta, cabe recurso ante la Audiencia Provincial.

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