Novagalicia Banco rechaza la nulidad del contrato de participaciones preferentes y obligaciones subordinadas de la vecina de Moaña que invirtió 451.590 euros en ambos productos financieros. La entidad presentó un escrito a la abogada de la afectada, Pilar Vázquez Iglesias, en el que expone una serie de alegaciones, entre las que destaca que "la iniciativa partió de los clientes y no del propio personal". La letrada del despacho de abogados de Calixto Escariz y asesora de la Plataforma de O Morrazo defiende el derecho de nulidad del contrato de la afectada y adelanta que en las próximas semanas será convocada a una audiencia previa, en la que expondrán las pertinentes pruebas y argumentos.

La entidad también apunta a que sí se ofreció información a la clienta sobre el tipo de producto financiero que se ofrecía y añade que no expuso ninguna queja durante el periodo en el que percibió los intereses. Entienden que la nulidad del contrato prescribió, ya que han transcurrido más de cuatro años desde su firma.

Por su parte, la letrada que defiende a la damnificada de Moaña indica que la documentación de su cliente no está completa y que en el contrato no figura la suficiente información sobre lo que implica invertir en preferentes y subordinadas. "En muchos casos se produjeron contradicciones entre la información que figura en el contrato y la explicación del personal del banco en el momento de la firma del documento. Se trata de clientes de toda la vida que ofrecen un consentimiento que está viciado por la confianza y que no coincide con el producto que se les ofreció", expone.

Proceso

Tras la contestación de Novagalicia Banco a la demanda interpuesta, el próximo paso será una citación a una audiencia previa, en la que procuradores y abogados de ambas partes se reunirán con el juez para ofrecer sus argumentos y pruebas. Dicho encuentro podría celebrarse en las próximas semanas y, a posteriori, se convocará un juicio. Este caso se dilatará más en el tiempo que el de la canguesa Elisa Graña que denunció a la entidad tras invertir 1.800 euros en una libreta de ahorro infantil que resultaron ser preferentes y que, en la actualidad, se encuentra a la espera de recibir la sentencia del juicio.

La diferencia entre los procedimientos la dicta la cantidad en litigio, ya que para cantidades menores de 6.000 euros se puede realizar un juicio verbal, como fue en el caso de Elisa Graña, y para las que sobrepasen dicho umbral se realiza un juicio ordinario, un trámite que se califica por ser más largo.

En la actualidad, la mayoría de los de los afectados de O Morrazo se decantan por consumir la vía del arbitraje y se aferran a la esperanza de entrar en el proceso de Consumo para recuperar sus ahorros. Es por ello que la gran mayoría de los expedientes que tiene el despacho de Escariz todavía no han sido presentados formalmente. En la actualidad, existen otras demandas de afectados de O Morrazo pendientes del señalamiento, por cantidades de 105.000 y 57.600 euros.