Un trabajo "peligroso, tóxico y penoso" en el laboratorio de la UVigo... pero no en la nómina

El TSXG admite que una veterinaria que trabaja con ratas infectadas cumple con los requisitos para cobrar esos pluses, pero un recoveco legal se lo impide

Una investigadora trabaja en un laboratorio del Centro de Investigaciones Biomédicas (Cinbio) del campus vigués.

Una investigadora trabaja en un laboratorio del Centro de Investigaciones Biomédicas (Cinbio) del campus vigués. / FDV

Se lleva una victoria moral, pero lo que buscaba era un reconocimiento económico que un vericueto legal le ha negado. Una veterinaria de la Universidade de Vigo, responsable del animalario de la institución, ha logrado que los tribunales le reconozcan que su trabajo cumple los requisitos para obtener los pluses de peligrosidad, toxicidad y penosidad. Sin embargo, no los podrá cobrar, al menos de momento.

En una sentencia de este mes de abril, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia falla que el empleo de la mujer, encargada de los laboratorios donde se realizan experimentos con ratas y ratones, "reúne las notas de peligrosidad, toxicidad y penosidad, sin que proceda el derecho a cobro de los pluses". ¿El motivo? Que su ocupación no está incluido en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).

Y es que el convenio colectivo de la UVigo establece que ciertos complementos, como los que reclamaba esta mujer, solo los podrán cobrar los titulares de los puestos incluidos en la RPT. Los magistrados entienden, por tanto, que ellos no pueden obligar a la universidad a pagar estos pluses y le recomiendan a la trabajadora que solicite su inclusión en la citada relación. Pero, remarcan, esa es una cuestión "que escapa de la competencia de este orden jurisdiccional".

Un paradójico recoveco legal, en consecuencia, priva a trabajadora de los tres pluses —unos 300 euros mensuales entre los tres— pese a que el TSXG no alberga dudas de que su trabajo es "peligroso, tóxico y penoso".

Animales infectados

La sentencia detalla todas las tareas que realiza la veterinaria, entre las que se encuentran la vigilancia del estado de las ratas y ratones, la toma de muestras, la desinfección de las salas, la limpieza o el lavado de las jaulas. También trabaja en una sala donde los animales son infectados con virus y bacterias a propósito; además, los roedores son susceptibles de padecer enfermedades transmisibles al ser humano y pueden morder y arañar.

La veterinaria emplea productos químicos que puede inhalar y también está expuesta a vapor a temperatura de entre 70 y 80º. Además, para operaciones como necropsias, utiliza elementos cortantes y punzantes como bisturíes o tijeras, que resultan contaminados con material biológico. Manipula, asimismo, reactivos cancerígenos y mutágenos.

Los magistrados concluyen que realiza estas actividades, y otras más en la misma línea, forman parte de su quehacer diario y habitual, requisito imprescindible para que un empleo sea considerado peligroso, tóxico o penoso (o las tras, como es el caso).

La sentencia es clara en ambos extremos: el empleo reúne las condiciones que dan lugar a esos complementos, pero lo establecido en el convenio de la universidad niega la posibilidad de cobrarlos. Sin embargo, los magistrados aluden a un reciente fallo del Tribunal Supremo en el que, pese a no aparecer un puesto en el RPT, sí que se le da derecho a un trabajador a esos pluses. En el último convenio colectivo de la Xunta de Galicia se establece que, aunque un puesto no esté incluido en el RPT, puede cobrar el complemento si cuenta con una sentencia firme que se lo haya reconocido. Es decir, esta veterinaria de la UVigo, con el convenio del Gobierno autonómico, ya podría contar con ese incremento de sueldo.

Suscríbete para seguir leyendo