Una “decisión salomónica” en la sentencia pionera que fija una pensión para un perro

El mismo juez vigués acaba de dictar otra sentencia similar

La abogada que planteó el caso: “Entendimos que procedía porque la mascota formó parte de la familia”

Sin estudios y en el paro: la Audiencia de Vigo concede una pensión de por vida a una divorciada de 50 años

María del Pilar Caro, la abogada que planteó este caso.

María del Pilar Caro, la abogada que planteó este caso. / FdV

Marta Fontán

Marta Fontán

Con la nueva ley del régimen jurídico de los animales como telón de fondo, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 15 de Vigo especializado en Familia, Daniel Tomás López, dictó una sentencia pionera, la que acuerda una pensión mensual de 40 euros para una mascota, concretamente una perra, tras el divorcio del matrimonio. “Es la primera resolución que dicté en relación con esta cuestión”, confirma el magistrado, que recientemente ha emitido otro fallo similar también relativo a una contribución económica mensual para el cuidado de una mascota familiar.

Tras la ruptura del matrimonio que centra la sentencia adelantada ayer por FARO, además de adoptarse medidas en relación a los dos hijos pequeños que tenían en común, en el fallo judicial se fijaron también las relativas a la perra que, como subraya la abogada viguesa que planteó esta concreta petición, María del Pilar Caro Fernández, “también formó parte de la familia”. “Él no tenía interés en quedarse con la perra pero la mujer, mi clienta, sí; entendimos que en base a la nueva ley podíamos pedir el pago de una cuantía mensual para que el exmarido contribuyese a los gastos de alimentos del animal”, explica. En relación con los gastos de veterinario u otros de carácter extraordinario, se pidió que fuesen sufragados a medias entre ambos.

Asignación mensual

“Cuando planteé el caso no encontré ninguna sentencia que se pronunciase sobre el pago de una asignación mensual para un animal de compañía equiparable a la alimenticia de los hijos menores; pensé que sería complicado de conseguir, pero el juez lo aceptó; él mismo dijo en la vista que era la primera vez que concedía una pensión para una mascota”, añade Pilar Caro. Esa sentencia inicial fue recurrida, pero no en lo relativo a lo decidido para el animal, sino por la disconformidad de la mujer con la atribución de la custodia compartida en relación con los hijos menores, régimen finalmente confirmado por la Audiencia de Vigo.

Lo cierto es que hubo bastante acuerdo de partida entre los excónyuges en relación con las medidas finalmente plasmadas en sentencia para la perra. “Existe acuerdo en cuanto a que la mascota que fue familiar quede conviviendo con la mujer y sus extraordinarios gastos de veterinario se abonen por mitad sin establecer un sistema de relación con el exmarido”, reza el fallo del juez de Familia. “La discrepancia única se centra en la contribución del actor al gasto del animal y que se fija por este proveyente en la mitad entre lo solicitado (50 euros) y lo ofrecido (30 euros), esto es, 40 euros al mes”, añade el magistrado, sin pasar por alto la “tan poco habitual pretensión” con la que se encontró y citando el artículo 94 bis del Código Civil, uno de los que regula, desde la reforma de 2022, lo relativo a las medidas a adoptar con los animales de compañía tras un divorcio. “Lo único en lo que había desacuerdo, y era mínimo, era en la cuantía de la contribución mensual y opté por una decisión salomónica”, resume Daniel Tomás.

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