La primera gran demanda colectiva en Vigo contra el “cártel de los coches” suma 127 afectados

Una jueza viguesa fija el perjuicio a los afectados en un 5%, pero otros tribunales tienen distinto criterio: uno de Valencia lo elevó a casi el 15%

Vehículos circulandoesta semana por la avenida de Madridde Vigo.   | // MARTA G. BREA

Vehículos circulandoesta semana por la avenida de Madridde Vigo. | // MARTA G. BREA / M. FONTÁN

Marta Fontán

Marta Fontán

El Juzgado de lo Mercantil de Vigo ya ha dictado las primeras sentencias por el escándalo del denominado “cártel de los coches”. La magistrada emitió al menos dos, una de ellas adelantada por FARO, en las que estima parcialmente los pleitos impulsados por sendos compradores perjudicados, condenando con ello a las marcas demandadas a indemnizarlos por los sobreprecios que abonaron en la compra de sus vehículos. Y, lo que es clave de cara a las expectativas de los litigantes y que de hecho es una cuestión en la que hay discrepancia jurídica a tenor de las resoluciones que se están conociendo de los distintos juzgados de España, lo hace fijando el perjuicio –la cuantía que se debe restituir a los consumidores– en un 5% del total abonado por el automóvil.

Éstas no serán, ni mucho menos, las únicas sentencias que se dictarán en Vigo por las prácticas contrarias a la competencia en las que incurrieron, desde febrero de 2006 y hasta el verano de 2013, es decir, durante siete años, la mayoría de empresas fabricantes y distribuidoras de marcas de vehículos que tienen representación en España.

Y es que tras recibirse, tímidamente, las primeras demandas en la primavera del pasado año, poco a poco el único juzgado de la ciudad competente en esta materia empezó a registrar más pleitos y, a día de hoy, ya son un total de 49 los litigios presentados. Casi la mitad de estos asuntos se formalizaron en lo que va de este 2023. La mayoría son acciones individuales, pero concretamente dos de ellos son demandas colectivas de afectados que han decidido pleitear de forma conjunta en un mismo procedimiento contra una misma marca, concretamente en ambos casos contra Stellantis. Uno de los asuntos agrupa a 127 perjudicados, mientras que en el otro son 15 los consumidores que se han unido para obtener un resarcimiento económico.

Las dos primeras sentencias sobre el “cártel de los coches” de Vigo se dictaron en enero. Una de ellas, que según consta en el fallo ya es firme, condenó a Nissan Iberia S.A. a indemnizar al comprador con 1.039 euros, cantidad que se incrementó en el interés legal computado desde la fecha de adquisición del vehículo objeto del litigio, sin que se impusiesen costas. El demandante de este caso adquirió su vehículo, un Nissan Qashqai, en abril de 2010 por un precio de 20.786 euros. La compra se hizo en el período, afirma la magistrada, en que se produjo el “intercambio de información” entre las marcas sancionadas por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), entre ellas la demandada en este procedimiento. “Estas conductas infractoras y el intercambio de información tuvo reflejo en el precio de mercado de los vehículos comprados por los clientes finales”, indica el fallo judicial. Es decir, se causó “daño” en el mercado y en los precios finales de venta. Como colofón de su argumentación, la jueza cifró el perjuicio causado a los consumidores en un 5% del precio total de adquisición del vehículo.

El juzgado vigués ya recibió 49 litigios, dos de los cuales son acciones colectivas

La otra sentencia, de la que ya informó FARO, condenó a BMW Iberica S.A.U. a abonar 1.842 euros a un vigués que, en febrero de 2011, adquirió un BMW VP11-X1 DRIVE 18d por importe de 36.145 euros. Igual que en la anterior resolución, se impuso el interés legal pero no las costas, pero la diferencia es que ésta sí era recurrible ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, paso que de hecho iba a dar el abogado que representó al litigante para reclamar una mayor indemnización al considerar que el perjuicio que la magistrada viguesa fijó igualmente en un 5% debe ser mayor.

También camiones

Estos casos siguen los pasos del que se llamó “cártel de los camiones”, que consistió también en un pacto de unificación de precios entre importantes fabricantes de este tipo de vehículos. Esos pleitos, en el caso de Vigo, también fueron asumidos por el Juzgado de lo Mercantil, registrándose la inmensa mayoría entre 2019 y 2020. En 2021 ya solo se recibieron nueve procedimientos relativos a camiones, el año pasado fueron tres y en lo que va de 2023 no entró ninguno.

¿Cómo determinar el sobrecoste? Los informes periciales resultan claves

Sin duda lo más complejo de los casos del “cártel de los coches” es determinar el sobrecoste que pagaron los afectados por el pacto de las marcas. De hecho, como se esperaba, no hay un criterio judicial unánime. La magistrada de Vigo fija el perjuicio en un 5% del precio total de adquisición del vehículo, tomando como guía lo establecido por la Audiencia Provincial de Pontevedra para el “cártel de los camiones”.

La jueza de Vigo fija el perjuicio en un 5%, pero otros tribunales lo elevan: Valencia llegó a casi el 15%

Pero no hay que ir muy lejos para encontrar una valoración distinta, ya que un juzgado de lo Mercantil de Pontevedra calculó la indemnización en un 10% de lo abonado. Otra sala de Valladolid la fijó, por ejemplo, un 7% y en Valencia un juez la elevó a un 14,46%. A esto se une que no todas las resoluciones dictadas en España fueron condenatorias. En muchos casos se desestimaron los litigios, fundamentalmente por no presentarse buenos informes periciales por parte de los perjudicados. Y es que estas pericias son claves. Sin ellas la lucha judicial está perdida e incluso aportándolas hay que afinar los métodos para que sean tenidos en cuenta por el juez.

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