El Puerto apelará al considerar responsable único del cuidado de As Avenidas al Concello
Alega que la jueza de Instrucción ignoró al TSXG, que ratificó que el Ayuntamiento debía mantener el paseo en “buen estado de conservación” | La Fiscalía no recurrirá el auto
La causa penal por el derrumbe del muelle de As Avenidas todavía no ha escrito sus últimas líneas. El juzgado de Instrucción 3 de Vigo emitió este pasado lunes un auto en el que archivaba las actuaciones por no acreditarse la existencia de un delito por imprudencia imputable a alguna de las dos partes investigadas: ni Puerto, ni Concello de Vigo tenían la responsabilidad de conservar y cuidar la estructura de hormigón que sujetaba el paseo y que se vino abajo en 2018 durante un concierto del festival O Marisquiño porque no había ninguna normativa que lo exigiese.
Recurso del Puerto
La Autoridad Portuaria ya comunicó su intención de recurrir en apelación el auto de la magistrada instructora al entender que no ha tenido en cuenta la sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) –ratificada este pasado 3 de enero por el Tribunal Supremo– en el que atribuye por completo al Ayuntamiento la responsabilidad única del mantenimiento del muelle en un “buen estado de conservación”.
Revisión de seguridad
Y es que esta es la intención del Puerto, que el juzgado penal reconozca que la competencia de la dársena al completo, no solo el paseo de madera, era del Concello así como todas las labores referentes a su cuidado, seguridad y conservación. “El Concello autorizó la celebración del concierto que causó el derrumbe pese al estado de la infraestructura y sin que conste la previa realización de pesquisa alguna para garantizar su seguridad”, afirma el ente portuario.
Incide el Puerto que se pidió hasta en tres ocasiones la declaración de las autoridades municipales que autorizaron el concierto “sin que tales solicitudes fueran siquiera contestadas por el juzgado”.
No era uso público
Al respecto del uso que se le dio a esta zona –la colocación de un escenario para la celebración de dicho concierto– también se pronunció el Ministerio Fiscal. En su informe definitivo, fechado a 9 de diciembre, recoge que dicha zona “no es de interacción de la ciudad, ni mucho menos para celebrar eventos públicos”. Explica la fiscal que en la causa constan varios documentos “que nos indican que se autorizó de forma indebida por parte del Concello y del Puerto de Vigo la colocación del escenario en terreno no destinado a uso público”. Más claramente: se autorizó la colocación del escenario en una zona únicamente destinada a “uso deportivo”.
Ausencia de declaraciones
Por motivo de esta autorización no adecuada de la zona, pasaron por dependencias judiciales la directora del Puerto, Beatriz Colunga, no así “al concejal delegado autorizante” ni el “ingeniero industrial que informó favorablemente de la instalación del escenario en la zona”. Pese a esto, y al no haberse dictado más prórrogas en la causa, estas citaciones ya no serán posibles al haber finalizado el plazo de instrucción.
La Fiscalía
A diferencia del Puerto, la Fiscalía ya comunicó su intención de no recurrir el auto. Se veía previsible toda vez que informó al juzgado interesando el archivo de las actuaciones también en base a que el deber de cuidado y mantenimiento de la estructura derrumbada “no era una conducta exigible según las indicaciones técnicas de aquella época”. Es más, para la fiscal, no tiene trascendencia penal la identificación de la entidad a la que correspondía la conservación del muelle (si Puerto o Concello) ya que la omisión de este deber no supuso una imprudencia por la ya citada falta de normativa.
Afectados e indemnizaciones
Los que sí esperaban que se dirimieras responsabilidades fueron los 355 afectados que sufrieron heridas de diversa consideración tras la caída del muelle al mar. Que la marea se encontrase baja en esos momentos fue clave para que no se registrasen víctimas mortales. Julio López, padre de uno de los heridos y presidente de la plataforma de afectados, lamenta que tras años de investigación, la causa termine así, archivada y sin un responsable. “No puedo decir más que decepción, no entendemos que no exista un responsable. No buscábamos cárcel para nadie pero sí alguna responsabilidad. Hemos estado esperando cinco año para esto...”, lamenta López.
Antón Campos, otro de los heridos, esperaba también una resolución diferente. “Lógicamente esperaba que saliera un responsable; las heridas sí es verdad que fueron leves pero las psicológicas son mucho más duras”, esgrime este joven.
Vía civil o contenciosa
Pese a esta ausencia de responsabilidades penales, tanto las aseguradoras de Puerto y Concello han indemnizado con casi 800.000 euros a 339 afectados. Los 16 restantes no aceptaron estas cuantías por considerarlas a la baja. “En estos casos, o recurren el auto o acudirán a la vía civil. El problema aquí es saber a quién demandar, a Puerto o Concello. Porque luego, el que pierda reclamará las costas, y si la reclamación de cantidad no es alta, igual no compensa”, explica el letrado Antonio Martiño, del despacho Mardoc. Por su parte, el abogado Xabier Alonso cuenta que con este auto se solventarán otros procedimientos en vía contencioso que estaban esperando la resolución penal.
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