Rafael Abril Manso | Magistrado del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Oviedo

“Un 25% de pasajeros que sufren retrasos en vuelos no reclama”

El juez participó en las jornadas organizadas por Juezas y Jueces para la Democracia sobre la protección jurídica de los consumidores

X JORNADAS DE LA COMISION DE DERECHO PRIVADO DE LA ASOCIACION JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA CON LA PARTICIPACION DE MAGISTRADO TITULAR DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO TRES DE OVIEDO, RAFAEL ABRIL MANSO.

X JORNADAS DE LA COMISION DE DERECHO PRIVADO DE LA ASOCIACION JUEZAS Y JUECES PARA LA DEMOCRACIA CON LA PARTICIPACION DE MAGISTRADO TITULAR DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO TRES DE OVIEDO, RAFAEL ABRIL MANSO. / RICARDO GROBAS

Con motivo de la celebración en la sede de la Diputación de unas jornadas sobre la protección judicial de usuarios y consumidores, el juez del Juzgado de lo Mercantil 3 de Oviedo, Rafael Abril, abordó con FARO asuntos como las reclamaciones en materia de transporte aéreo o el conocido como “cártel de los coches”.

–En su jurisdicción se esperaba con motivo del COVID una avalancha tanto en materia de demandas contra compañías aéreas como procesos concursales de empresas o empresarios que no se produjo...

–En el tema concursal no se produjo principalmente por las medidas de moratoria concursal y societaria del Gobierno; que lo que ha hecho es, sin duda, la aparición de empresas zombi, que estando incursas en causa de disolución, podía subsistir a la espera de que transcurriese este periodo de emergencia nacional. En cuanto al transporte aéreo, no está tan relacionado con la crisis económica sino más con un tema de cultura de reclamación. Todo lo que viene de la Unión Europea llega con cierto retraso a España. Hay un reglamento de 2004 que establece derechos y compensaciones económicas automáticas en casos de denegación de embarque, cancelaciones y grandes retrasos. Es cierto que no hay tantas demandas como se esperaban, hasta el punto de que las compañías aéreas ven una escasez de reclamaciones en relación a las deficiencias que tienen, y eso les supone un ahorro económico.

–Al final en España debe ser el perjudicado el que presente la reclamación.

–Claro, y es que además las denegaciones de embarque casi siempre se identifican con el overbooking. Nos estamos dando cuenta de que todos los vuelos van prácticamente llenos porque hay sobreventa de billetes. Y compensa vender 300 billetes porque no todos los pasajeros van a ir, y en algunos casos les compensa dejar a pasajeros en tierra. Es más, la mayoría de compañías tienen contraídos seguros para hacer frente a estas eventualidades, por lo que al final no tienen una gran repercusión.

–De ahí la compensación automática plasmada por la UE.

–En función del retraso que experimente el vuelo y la distancia que haya entre el aeropuerto de origen y el de destino, las compensaciones son automáticas. Usted acredita que tenía el billete y que reporta un retraso de más de tres horas, tiene derecho a 250, 400 o 600 euros en función de que sea la distancia. Eso está muy bien, porque son penalizaciones automáticas; el pasajero como consumidor no tiene que acreditar casi nada. La idea era facilitar la labor de reclamación para la recuperación de un determinado montante económico que a veces ya por si mismo es suficiente para cubrir todas las molestias o perjuicios inherentes a una denegación de embarque o cancelación.

–¿Qué porcentaje de pasajeros afectados no reclaman por la burocracia en esta materia?

–Es verdad que tener que iniciar todo el proceso ahuyenta mucho al pasajero, hasta el punto de que hay ya empresas en los aeropuertos que lo que hacen es tramitar ellos la demanda por ti y si luego ganas, el 75% para ti y el 25% para ellas. Con respecto a la pregunta, nosotros solo podemos ver las estadísticas de los que reclaman, y en función del flujo de pasajeros que hay, serán entre el 25 y 40% de los pasajeros que sufren estas incidencias ya no reclaman. Solo eso ya compensa económicamente a las compañías.

– A día de hoy, el grueso de trabajo en los juzgados de lo Mercantil se lo lleva el conocido como “cártel de los coches”.

–Estas reclamaciones de responsabilidad civil contractual derivadas de la aplicación de la normativa de la UE y que genera las consecuencias civiles de monopolios o cárteles se han convertido en un gran nicho de mercado. En mi juzgado llevo más de cien sentencias dictadas y todas favorables al cliente. Y estamos esperando a la sentencia del Tribunal Supremo que unifique el criterio de las diferentes Audiencias. El criterio común es que se presume el daño pero no sabemos cuantificarlo con exactitud, cada Audiencia fija un porcentaje; depende de informes periciales muy complejos.

–Preferentes, cláusulas suelo, tarjetas revolving... Las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) están sentando jurisprudencia en causas abusivas para el consumidor. ¿Cómo las valora?

–El TJUE actúa como un legislador negativo, cuando la normativa nacional puede tener alguna laguna, el órgano judicial acude a él. Parte de la base de que la normativa es la que me dice, no la investiga, pero se pronuncia sobre la coordinación de esa jurisprudencia nacional con los principios de la UE, es decir, el choque que puedan producirse entre ambas. Es de gran ayuda para los jueces nacionales y un gran paso en la protección de usuarios y consumidores.

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