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Familias al banquillo: del hijo vago que se quedó sin pensión al padre que perdió la custodia por dejadez

Los juzgados de Familia de Vigo y la Audiencia ya dictaron varias sentencias de jóvenes “nini”. FDV

Los fallos más destacados en Vigo sobre los conflictos tras un divorcio: el hijo vago que se quedó sin pensión, el padre que perdió la custodia de su niña por dejadez o la casa a turnos

La Audiencia de Vigo acaba de dictar una novedosa sentencia. Una resolución que exime a un padre divorciado de pagar la pensión alimenticia a un hijo “nini” que, junto a su desidia absoluta en los estudios y en la búsqueda de empleo, se negaba a tener relación con su progenitor. Igual que éste, los tribunales olívicos han emitido otros singulares y hasta revolucionarios fallos en materia de derecho de familia que no solo versan sobre la mensualidad que, en concepto de alimentos, deben abonar los padres separados a sus hijos. La guarda y custodia, la vivienda familiar y la pensión compensatoria son otras cuestiones clave que protagonizan estas sentencias. A continuación, algunas de las más destacadas de los último años.

El chaval “indolente” que era una “carga” para sus padres.

Una de las sentencias de ninis dictadas en Vigo privó de la pensión de alimentos a un “nini” de 19 años que, tras abandonar los estudios, “ni trabajaba ni había trabajado”. Tampoco aprendió “oficio alguno”. Y no se preocupaba de “buscar” ocupación laboral. Su sorpresiva matriculación en un centro de secundaria para adultos era algo “oportunista” para simular que iba a estudiar tras permanecer años “indolente” y “despreocupado” de toda tarea, siendo “una carga” para sus padres sin “esfuerzo” o “compensación” como contrapartida.

La hija de 43 años ya casada, con ingresos e hijos.

Otro caso curioso de pensión de alimentos es el de un padre que tuvo que ir a la vía judicial para lograr que se extinguiesen las pagas que llevaba abonando a sus tres hijas durante más de tres décadas. Cuando se estableció la mensualidad eran menores, pero a la fecha de la sentencia tenían entre 43 y 46 años. Los magistrados ponen como ejemplo el caso de una de ellas, ya casada, con hijos e ingresos mensuales. “Es mayor de edad y tiene vida económica independiente”, argumentaron en el fallo para liberar al progenitor de seguir pagándole.

El chico de 22 años que opositaba a la Guardia Civil.

Otra resolución más sobre pensión alimenticia estableció que, aunque el chico era ya mayor de edad –22 años–, el padre debía de seguir abonándola. El motivo es que el chaval estaba preparando oposiciones para la Guardia Civil y deseaba seguir haciéndolo, para lo que necesitaba cursar estudios en Vigo y el progenitor debía colaborar económicamente. No había evidencias de “dejadez” en el joven, si bien los jueces avisaban de que debía acabar sus estudios en plazo razonable.

El progenitor que perdió la custodia por “desidia con su hija”.

La guarda y custodia también ha sido objeto de destacadas sentencias en Vigo. Como una reciente en la que se deja sin efecto una custodia compartida para concedérsela de forma exclusiva a la madre por la “desidia” y “dejadez de funciones” mostrada por el padre con respecto a su hija de 3 años. El hombre nunca fue al pediatra con la menor y solía delegar en su progenitor –el abuelo paterno– para que la llevase al centro escolar e incluso para que fuese con ella al parque a jugar.

Sin la vivienda familiar por residir con una nueva pareja.

La vivienda familiar es otra cuestión que ha dado lugar a novedosos fallos. A raíz de una sentencia del Tribunal Supremo, la Audiencia de Vigo dictaminó que el derecho de uso de dicha casa por parte de la madre o el padre que tengan la custodia del hijo o hijos menores tras un divorcio se extingue cuando en la convivencia entra en juego una nueva pareja. Lo hizo en el caso de una divorciada que tenía un hijo en común con su ex y con la que se fueron a vivir a la vivienda el novio de ella y otros familiares.

Una casa por turnos para un exmatrimonio jubilado.

También en materia de vivienda un juez de Vigo adoptó una “decisión salomónica” con un exmatrimonio que pleiteaba por la casa que se convirtió en su hogar tras la jubilación. Atribuyó la vivienda de modo alternativo por trimestres a cada uno de los excónyuges. Para los períodos en que uno u otro debiesen dejar libre el inmueble, tendrían a su disposición su otro piso, en el que ambos rechazaban residir.

Indemnización a su exmujer por la dedicación al hogar.

La pensión compensatoria y/o la indemnización por la dedicación al hogar durante el matrimonio es otra materia litigiosa. Un fallo destacado es un caso en que se condenó a un hombre a pagar 93.000 euros a su exesposa porque ella se centró en la casa y en los hijos durante 14 años hasta el divorcio. La pareja se había casado en separación de bienes. La compensación era la equivalente al sueldo de una asistenta durante ese largo período.

La evolución de la jurisprudencia: ni pensiones perpetuas ni viviendas familiares blindadas

“En cuestión de derecho de Familia la jurisprudencia ha evolucionado mucho”. Con casi 30 años de experiencia como abogada, Isabel Olcina pronuncia estas palabras con perfecto conocimiento de causa. La cuestión de la pensión de alimentos a los hijos mayores de edad es un claro ejemplo: “Las sentencias que estamos conociendo de chicos ninis lo demuestran”.

De forma general los jueces consideran que procede extinguir la pensión al hijo cuando éste accede al mercado laboral. “Antes se esperaba a que por ejemplo tuviese un empleo con vocación de permanencia, pero ahora con que tenga un contrato de tres meses ya es muchas veces suficiente para que el progenitor pueda dejar de abonar la mensualidad”, dice la letrada. Sobre los hijos ninis, la desidia de estos chicos también es un claro motivo para la extinción de la paga. “Los tribunales se están fijando mucho en el rendimiento académico; no vale estar matriculado durante años sin que haya resultados”, afirma.

La última resolución destacada es la del joven que no le hablaba a su padre

También hubo un gran cambio con la pensiones compensatorias, que generalmente pagan los hombres a sus exesposas. Con la incorporación de la mujer al mundo laboral son residuales. “Y la tendencia es a ponerlas con límite temporal”, explica Olcina. Son ya muy excepcionales las pensiones vitalicias.

Y judicialmente hablando hubo muchos cambios en el derecho de uso de la vivienda familiar tras una separación. En algunos supuestos ya no hay el “blindaje” que existía antes.

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