Concluida la instrucción, ya hay resolución judicial en relación con el trágico accidente mortal de la AP-9 registrado en mayo del pasado año en Vigo, en el que tres jóvenes fallecieron y otros dos, entre ellos el conductor, resultaron heridos graves. Y lo que ha determinado la magistrada, en coincidencia con lo expuesto por el fiscal especializado en Seguridad Vial, es que los hechos son constitutivos de delito leve. Por ello, y una vez la resolución sea firme, ordena que la causa se registre como "juicio por delito leve", tras lo que se "proveerá" sobre su "continuación".

La titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Vigo concluye en el auto notificado ayer a las partes que los hechos "pueden ser constitutivos de tres delitos leves de homicidio por imprudencia menos grave del artículo 142.2 y de un delito de lesiones por imprudencia menos graves del artículo 152.2 del Código Penal". El siniestro se produjo a las 21.30 horas del 29 de mayo de 2019, cuando el coche el que viajaban los cinco jóvenes hacia Vigo, tras adelantar a otro vehículo, perdió el control, saliéndose de la vía, colisionando contra una bionda de protección y la columna de hormigón de un paso elevado, para acabar volcado sobre su techo.

El accidente, señala la magistrada, se debió a la realización por parte del conductor "de una maniobra evasiva errónea" motivada "por la velocidad excesiva a la que transitaba" -138 km/h en una vía limitada a 100 km/h-, "unido a la inexperiencia y falta de pericia del denunciado".

Multa y retirada del carné

Los delitos que aprecia la jueza están penados con multa y hasta 18 meses de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores. Los mismos, concreta el Código Penal, "solo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal". Es decir, que si no concurre denuncia, lo que procede es el archivo. De lo contrario, sí se celebra juicio. En esta causa fue clave el informe de la Guardia Civil de la reconstrucción del accidente.