"Trabajos realizados", "estudios según presupuesto", "realización de tareas" o "reformas en local". Bajo estos conceptos se acuñaban las facturas millonarias que discurrían entre las empresas del conglomerado de Las 5 Jotas y Darzal Consultoría desde el 2005 al 2009. Esta "vaguedad" en las referencias hizo saltar las alarmas de la Agencia Tributaria sobre la existencia real de un trabajo. Esto sumado a la falta de materialización del mismo y el desconocimiento del recorrido de este dinero, cifrado en más de 8 millones de euros, al ser retirado de "inmediato" cuando era ingresado en las cuentas derivó en sendas denuncias contra la Hacienda Pública por fraude fiscal. Y ahora estos indicios se han transformado en "pruebas suficientes" para que los representantes de dichas entidades sean condenados.

La magistrada del Juzgado de lo Penal 3 de Vigo condenó a Fernando G.M., administrador de Darzal a la pena de 26 años y medio de prisión por nueve delitos de fraude fiscal y otro ilícito de falsedad en documento mercantil al quedar probado que sus empresas "recibieron numerosas facturas mendaces de Las 5 Jotas ", el mayor entramado de fraude fiscal en Galicia. Esta vista pone punto y final a un largo recorrido judicial -si bien todavía resta un último juicio en la causa separada contra los bancos- iniciado hace ocho años atrás con la denuncia de un trabajador y que se ha saldado con 90 juicios y sentencias, todas condenatorias. El cabecilla del conglomerado, José Manuel Costas Estévez, sobre quien pesan requisitorias en varias juzgados penales de Vigo, huyó de la Justicia en 2016 y si bien en esta causa figura como el que concertó con Fernando G.M. "la entrega de facturas que no se correspondían con la prestación de bienes y y servicios de ninguna clase", su hermano Jacobo Estévez "estaba completamente al tanto de esos actos" . Por ello la juez le impone a este último una pena de nueve años de cárcel que se suman a los seis por lo que cumple prisión en A Lama. Las multas además de la responsabilidad civil con la que los condenados deberán de indemnizar a Hacienda por las cuotas tributarias defraudadas suman cerca de 10 millones de euros.

La magistrada, en una sentencia de 60 folios razona su fallo en base a la prueba practicada durante la vista, particularmente en dos argumentos: la declaración de Jacobo Costas y la "inexistente" entrega del denominado "Know How" ( saber hacer, diseños, patentes) de Las 5 Jotas a Darzal Consultoría.

Reconocimiento de los hechos

Así, fue el propio Jacobo Costas Estévez el que "reconoce de forma contundente" que las facturas emitidas a Darzal "no responden a trabajos o prestaciones realizadas" y justifica su emisión de las mismas en la existencia de dinero "B" alcanzando un fraude total a Hacienda de 3,9 millones de euros. La juez considera que dicha declaración viene "corroborada" por la existencia de "hechos, indicios y datos".

Por su parte, las defensas de Darzal y Fernando G.M. intentaron refrendar la realidad de dichas facturas "exclusivamente" en un Acuerdo de Intenciones por el que la empresa de consultoría adquiría el modelo de negocio y estrategias de Las 5 Jotas para llevar a cabo dos proyectos: uno en Cea y otro en Navalcarnero. Sin embargo la juez no creyó su máxima en base a dos informes de la Agencia Tributaria. En ellos se desprende que "responden a importes de elevada cuantía y los conceptos que se recogen son absolutamente vagos y genérico". "Esta generalidad y vaguedad choca con los elevados importes de las facturas así como la falta de relación con la actividad desarrollada por Darzal", apunta la juez. Y es que hay que recordar que la entidad se dedicaba a la consultoría en materia de prevención de riesgos laborales y nada tenía que ver con la construcción de casas de madera, objeto social de Las 5 Jotas. "El acusado no alcanza a explicar de forma coherente y creíble los conceptos de las facturas y se ampara en el citado Acuerdo. [...] En definitiva carece de toda lógica que si tal y como afirma el acusado dichas facturas se amparan en el Acuerdo de Intenciones y constituyen la materialización del mismo, ninguna referencia se haga en ellas. No existe rastro de nada que responda a una entrega de "Know How", concluye la juez.