Los bancos de los dos primeros fallos en contra tras la doctrina europea recurren ante la Audiencia
El 10 de enero el Juzgado de lo Mercantil de Vigo notificaba las dos primeras sentencias en la urbe olívica declarando la nulidad de las cláusulas suelo incluidas en los préstamos hipotecarios objeto de estos litigios y condenando a los bancos a restituir todas las cantidades cobradas de más desde la fecha en la que se suscribió el contrato. Y, pese al claro criterio europeo de la retroactividad total que incluso acaba de ser acogido por el Tribunal Supremo, ambos asuntos acabarán en la Audiencia Provincial de Pontevedra tras recurrir los bancos, en un caso oponiéndose al abono de las cuantías y en el otro concretamente a la imposición de las costas.
El asunto en el que el recurso se centra en las costas -se pide que se dejen sin efecto- es el de un vecino de Vigo que suscribió su hipoteca en una oficina del Banco Pastor. Dado que la entidad no ha recurrido por la materia principal -la anulación del suelo y la devolución de todo el dinero cobrado por ello-, el afectado pedirá hoy la ejecución del fallo. "Pese a la sentencia -dictada en enero-, este mes volvieron a cobrarme el suelo", denuncia indignado.
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