Las empresas explotadoras, distribuidoras o comercializadoras de servicios de interés general (electricidad, gas o agua) abonan al Concello una tasa por la utilización del dominio público local que se establece en función de su facturación por lo que la recaudación en 2016 ascendió a 2.523.607 euros, el 1,5 por ciento de los ingresos brutos obtenidos en Vigo.

La tasa se regula a través de la ordenanza 30 desde 1998, modificada posteriormente para exigir el tributo a las distribuidoras. Esto generó, en algunos municipios, recursos de las compañías que en el caso de Vigo se focalizaron en la ordenanza 35, que regula las tasas que deben pagar las empresas de telefonía móvil en función de los kilómetros de red que tienen, cuyo precio por metro depende de la categoría de las vías ocupadas. En otros municipios se tienen en cuenta otros factores como el valor de mercado de los terrenos ocupados por las casetas, registros o instalaciones así como por el vuelo de los tendidos o por los metros de canalización. Recientemente, en Arteixo se acudió a los tribunales para dirimir si las instalaciones eléctricas eran o no construcciones a efectos castastrales y la valoración efectuada. La sentencia dio la razón al Concello.