El próximo día 1 de julio entra en vigor la reforma del Código Penal, la mayor realizada desde su aprobación en 1995. A falta de 15 días para su aplicación, magistrados, funcionarios, abogados y policías intentan adaptarse a la nueva normativa que modifica más de 200 artículos y suprime una treintena. Ante la expectación de los juristas, que se ponen al día, los elementos informáticos siguen siendo los mismos, aunque el actual programa judicial Minerva tendrá que ser modificado.

Los Juzgados de Instrucción son algunos de los más afectados con al reforma, pues se eliminan faltas que hasta ahora se tramitaban por vía penal, aunque se incrementará el número de las ejecuciones que deben resolver. Insultar a otra persona o las injurias leves, desaparecen del Código Penal aunque tendrán sanción por vía administrativa, como ocurre ahora con las infracciones de tráfico. También abandonan los juzgados de instrucción los incumplimientos del régimen de visitas en casos de familia. Ambos delitos, entre otros, desaparecen del Código Penal.

Colegio de Abogados y asociaciones judiciales abordan estos días en distintas jornadas las dudas que se plantean. Como ponentes la fiscal jefe Susana García-Vaquero, el fiscal de Delitos Económicos Juan Carlos Horro y magistrados de Instrucción. Los sindicatos policiales demandan también cursos de formación para los agentes. "Necesitamos estar al día, pero no se ha convocado nada de forma oficial; así que seremos nosotros los que facilitemos la formación", explican desde el SUP.

El grupo de Avogados Novos de Vigo acomete diversos informes y desarrolla en su página web los cambios en relación con determinados delitos, como el hurto. Hasta ahora siempre que el valor de lo robado no superase los 400 euros se sometía a un juicio de faltas, pero ya no será posible. La falta de hurto desaparece pero el ciudadano se convierte en acusado de delito leve de hurto, con una pena de 1 a 3 meses de multa. La pena apenas cambia, pero la diferencia, explica el colectivo, es que por una falta no quedaban registrados antecedentes penales y ahora, como es delito, siempre los genera. La reincidencia es un agravante y se aplicará si comete nuevos delitos.

Otra de las novedades de la Ley es que fija una duración máxima de 6 meses para la instrucción de las causas. ¿Cómo se va a cumplir este plazo si no hay peritos de la Xunta suficientes para realizar un peritaje en ese plazo?, se preguntan algunos juristas. La cadena perpetua revisable y nuevos delitos contra la libertad sexual y la intimidad, sí como en internet, centran también otra parte de la reforma.