Faro de Vigo

Faro de Vigo

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

La nueva Ley animal elimina la esterilización obligatoria de canes, la fija solo para gatos

Colonia de gatos callejeros, que recibe a una nueva gata esterilizada en el grupo. | // NOE PARGA

El nuevo proyecto de Ley de protección, derechos y bienestar de los animales obligará, tal y como está redactado en la actual propuesta del Gobierno central, a esterilizar a todos los gatos domésticos, siempre que tengan acceso al exterior y puedan tener contacto con otros de su misma especie y distinto sexo. El coste de esta operación varía entre los 70 euros y los 280 euros. Eso sí, la propuesta normativa da marcha atrás en lo que respecta a la castración de canes, que sí se contemplaba en un primer anteproyecto.

Fuentes animalistas aseguraron que esta corrección se incluye “atendiendo a los presiones de los cazadores” y critican que esto permitirá que continúe “la cría descontrolada aunque se haya evitado su venta salvo por criadores profesionales”.

Colonias de gatos callejeros. BRAIS LORENZO

Además de que el nuevo proyecto, tal y como ha sido registrado en las Cortes este mes, permitirá la supervivencia de 24 granjas de visones en Galicia y la venta en tiendas de mascotas de animales –excepto de perros, gatos y hurones–, también incluye cambios en lo que respecta a las aves.

Prohibirá solo la captura de aves fringílidas –aves cantoras como jilgueros, verdecillos o luganos, entre otras– en el medio natural. Es decir, que se permitirá tener pájaros, como canarios, por ejemplo, que se han criado en cautividad y no han sido capturados. Ahora no se penalizará la tenencia, pero es totalmente ilegal su captura, en vista de la propuesta normativa.

Esta medida también afectará a las protectoras de animales que promueven su adopción, si bien muchas ya venían realizando esta tarea: esterilizar al animal con carácter previo a su entrega o suscribir un compromiso de esterilización o no reproducción si no tuvieran la edad o las condiciones suficientes para realizar la cirugía, según criterios veterinarios. Esta obligación, que consigna ahora la ley, no excluye la posibilidad de esterilización de otras especies, distintas a los perros, gatos y hurones, siempre que sea viable según criterio veterinario.

Esta futura Ley de Protección y Bienestar Animal, que impulsa el Gobierno, no ha convencido a la Xunta que ha presentado una batería de alegaciones al texto legal. En concreto, el ejecutivo gallego considera lo “confuso” en lo tocante a que determinados animales de compañía vayan provistos de sistemas de identificación y posicionamiento geográfico. Medio Ambiente critica que el articulado no defina “con claridad” si esto es obligatorio solo para los perros de pastoreo o para todos los animales de compañía que vivan en espacios abiertos, como grandes fincas, por ejemplo.

Si es así, advierte de las “dudas sobre su legalidad” pues la imposición de un sistema de localización GPS para estos animales, que viven en compañía de sus propietarios, “podría entrar en colisión con el derecho a la intimidad personal”, consagrado en la Constitución.

Otra de las alegaciones presentadas por la Xunta es contra la diferenciación entre gato merodeador, que se considera el que accede libremente al hogar de su titular; gato feral, que es el que vive en libertad sin persona titular y gato urbano, que es aquel gato feral que establece su territorio en suelo urbano. “Se genera confusión, sería mejor referirse a ellos únicamente como gato sin dueño o gato abandonado”, alega la Xunta.

Medio Ambiente también ve “desproporcionado” que se obligue a los dueños de los perros a realizar un curso de formación acreditado. Y el otro motivo de desavenencia está en la exigencia de que los perros (salvo exenciones tasadas) no puedan trabajar hasta cumplidos los 18 meses de edad, sin perjuicio de que inicien su adiestramiento antes de haber alcanzado esa edad.

Discrepa también con la edad máxima que fija la norma para que los animales puedan realizar tareas en actividades profesionales como cuidar del ganado. Según el texto, un perro no podría dedicarse al pastoreo hasta que cumpla 18 meses y la Xunta pide eliminar estos límites del anteproyecto de ley. La Consellería de Medio Ambiente opina que esta prohibición “limita de manera injustificada la capacidad de un perro para desarrollar determinadas tareas”.

El uso de fauna silvestre en circos, multado entre 50.000 y 200.000 euros


El nuevo proyecto de ley mantiene la prohibición de meter animales en atracciones mecánicas, carruseles, así como usarlos en belenes, cabalgatas de forma antinatural –si pasan horas “inmovilizados", por ejemplo–. Y también restringe el uso de animales en actividades prohibidas, en particular en actividades culturales y festivas, así como el uso de especies de fauna silvestre en espectáculos circenses. Todos estos supuestos se considerarán, si prospera el texto normativo, infracciones muy graves: acarrearán multas de 50.000 a 200.000 euros.

Si bien la nueva regulación de uso de animales en romerías, cabalgatas y procesiones así como el uso de equinos se ha rebajado en exigencias con respecto al anteproyecto –que pretendía establecer límites de horas de uso, temperaturas máximas, pesos de carga...–, fija estas salvedades. También ha desaparecido del texto las alusiones controvertidas a los caballos, por las consecuencias en las actividades de doma que podrían suponer. De hecho, se ha clarificado la definición de profesionales del comportamiento (educadores y adiestradores) diferenciándolos de los veterinarios etólogos.

Pone deberes a los concellos en la gestión de colonias felinas


La futura normativa fija las obligaciones de la Administración local en materia de colonias felinas, que en algunos concellos gallegos ya llevan años funcionando. Por otra parte, dar muerte a gatos comunitarios fuera de los casos autorizados en la ley se considera una infracción muy grave, que está tipificada con multa de 50.000 a 200.000 euros. “En ausencia de otra previsión en la legislación autonómica, corresponde a las entidades locales la gestión de los gatos comunitarios, a cuyos efectos deberán desarrollar Programas de gestión de colonias felinas que incluirán, al menos, el mapeo y censo de los gatos del municipio, para una planificación y control en las esterilizaciones acorde al volumen de población que se desea controlar. También, programas de esterilización de los gatos mediante la intervención de veterinario. También establece el marco legal para la gestión de poblaciones felinas en libertad, colonias con origen en gatos abandonados, extraviados o merodeadores sin esterilizar y de las camadas procedentes de éstos, que son producto de la tenencia irresponsable. Se recomienda una gestión integral de los mismos con métodos no letales, basados en el método CES (captura, esterilización, y suelta).

Compartir el artículo

stats