En un plazo máximo de tres años, los aproximadamente 120.000 edificios de más de medio siglo de antigüedad de la comunidad deberán contar con el informe de evaluación de edificios que certifique un estado idóneo desde el punto de vista de conservación, accesibilidad o eficiencia energética. Incumplir los estándares de calidad supondrá para los propietarios sanciones a partir de 300 euros.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) recogió ayer la modificación del decreto de abril del año pasado que establecía la obligación de pasar esa ITV de inmuebles para los edificios catalogados de la comunidad y aquellos que superasen los 50 años. Ese plazo se activó ayer mismo con la publicación de la nueva norma.

Serán los ayuntamientos los que determinen sus propios calendarios para exigir ese certificado, conocido antes como inspección técnica de edificios, aunque con ese plazo máximo de tres años siempre que los edificios cumpliesen medio siglo antes de la entrada en vigor del decreto, que se produjo ayer mismo.

Los edificios catalogados también se benefician de ese nuevo horizonte temporal máximo, que en principio era de tan solo un año. El motivo radica en las dificultades para que las comunidades de vecinos se reuniesen y planificasen los trabajos para obtener ese certificado. El plazo inicial de 12 meses “puede resultar insuficiente”, alega la conselleira de Medio Ambiente, Ángeles Vázquez, en la parte expositiva del decreto.

El sector calcula que para un edificio de 12 viviendas con dos puertas por planta, locales comerciales y dos fachadas el coste del informe rondaría los 1.000 euros, es decir, 90 euros por piso, como avanzó FARO el año pasado.