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Cruz celta.

Testamento vital: ¿qué será de mí cuando ya no pueda decidir?

Esta pregunta acucia cada día a más gallegos, un temor que ha crecido con la pandemia. El COVID-19 ha llevado a que casi medio centenar de personas en nuestra comunidad rubriquen su testamento vital cada semana. Según los datos más recientes del Ministerio de Sanidad, 11.630 personas han dejado por escrito sus instrucciones en caso de que no puedan decidir sobre su futuro. Dos tercios de los firmantes son mujeres y la media de edad se sitúa en los 58 años.

¿Qué es el testamento vital?

Es un documento oficial por el que una persona deja constancia sobre su consentimiento o rechazo a someterse a determinados tratamientos médicos en caso de que no pueda expresar su voluntad por sí misma. También conocido como Documento de Instrucciones Previas o Testamento de Voluntades Anticipadas, recoge el deseo de la persona sobre su destino vital, el de su cuerpo y sus órganos. Así, ante una enfermedad terminal o irreversible, cualquier persona puede dejar por escrito su voluntad de someterse o no a determinados cuidados o intervenciones. Además, una vez ocurrido el deceso, este documento estipula la donación -o no- de sus órganos y si los restos mortales serán incinerados o enterrados.

  

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¿Quién puede firmar un Documento de Instrucciones Previas?

Cualquier persona mayor de edad, en plenas facultades y que actúa libremente puede realizar un testamento vital. En él figurarán las instrucciones precisas del firmante, tanto sobre los tratamientos médicos a recibir cuando ya no disponga de capacidad de decisión, como sobre el destino de su cuerpo.

En este documento el titular nombra a una persona que actuará como representante para que, llegado el caso, haga de interlocutor con el equipo médico que presta atención al paciente. El testamento vital podrá incluir a una segunda persona que actuará en caso de ausencia o incapacidad de la primera.

Hasta 11.630 gallegos han dejado por escrito sus instrucciones en caso de que no puedan decidir sobre su futuro

¿Dónde se realiza?

La mayor parte de los documentos, seis de cada diez, están formalizados ante un funcionario de la Xunta, pero también puede hacerse ante notario (uno de cada cuatro) o ante testigos (casi uno de cada cinco casos).

En nuestra comunidad existe el Registro Gallego de Instrucciones Previas (REGAIP), voluntario y confidencial, que depende al Consellería de Sanidade. En él deberá inscribirse el testamento vital y a él se podrá acudir para modificarlo o anularlo.

Este listado gallego está interconectado con el registro nacional, para que las voluntades del firmante sean respetadas independientemente de donde se encuentre.

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¿En qué circunstancias se puede acceder al registro de voluntades?

El facultativo podrá acceder al testamento vital de un paciente cuando este así lo autorice. En caso de que el paciente ya no sea quien de expresar por sí mismo su voluntad, el equipo sanitario que le presta asistencia podrá consultar el Registro Gallego de Instrucciones Previas (REGAIP) para comprobar la existencia o no de estas voluntades anticipadas. El representante designado por el firmante también puede comunicar a los médicos la existencia del documento.

 

El firmante del testamento vital puede anular y modificar el documento

 ¿Cómo acceden los médicos?

A través de la historia clínica electrónica del paciente los médicos pueden conocer si un paciente ha firmado o no testamento vital. Si la persona recibe asistencia en algún centro privado, el Sergas dispone de un sistema de comunicación telemática segura para que los facultativos fuera del sistema público puedan acceder al documento con sus voluntades. 

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