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La Xunta endurece los sistemas de control en los actos con aglomeración de público

Cuando se superen los 2.000 asistentes, la organización deberá habilitar personal para detectar riesgos y dirigir evacuaciones | Con más de 5.000 se exigirá un puesto de mando único

Público asistente a un concierto en la terraza del Auditorio do Mar en Vigo RICARDO GROBAS

El Gobierno gallego revisará el decreto de 2010 en el que se regulan los obligatorios planes de identificación y prevención de riesgos, así como las actuaciones a seguir en caso de producirse una emergencia, para una larga de lista de actividades, establecimientos, espacios, instalaciones, estaciones de viajeros o infraestructuras de transporte. En esta actualización de la norma, que está en fase de borrador con la previsión de aprobarse en los próximos meses, se introducirán algunas novedades que intensificarán los sistemas de control, por parte de los organizadores, en las actividades o eventos en las que se produzca una aglomeración de público.

Personal para vigilar e identificar las emergencias en los actos más 2.000 asistentes y un puesto de mando avanzado para los de más de 5.000

Así, en los actos que reúnan a más de 2.000 asistentes se deberá contar con el “personal oportuno” para vigilar e identificar las emergencias y para garantizar su evacuación ordenada o su confinamiento, según la necesidad del momento.

En caso de que se superen las 5.000 personas, ya sea en un recinto abierto delimitado o sin vallas –o cualquier otra barrera que lo acote–, entonces “será condición indispensable para poder celebrarse el evento” que los organizadores habiliten un puesto de mando avanzado que “garantice el mando único y la coordinación con los servicios públicos y privados de intervención, seguridad y sanitarios y en permanente contacto con el 112 en el caso de una emergencia”. Esta exigencia no afectará a ferias y mercados tradicionales, puesto que se realizan en espacios abiertos no delimitados, mientras no se superen los 10.000 participantes, una cifra muy difícil de superarse, según la Xunta, salvo en ocasiones excepcionales.

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Esas dos medidas, según fuentes de la Consellería de Presidencia, constituyen las dos principales novedades de una norma que convenía revisar después de diez años de estar en vigor. “El conocimiento de riesgo y su percepción por la ciudadanía, en la sociedad tecnológica actual, facilitan la puesta en marcha de políticas activas que minimicen el riesgo o prevean la respuesta en caso de materializarse el peligro. La gestión y control de los riesgos requiere de la implementación de una serie de medidas preventivas, no solo para el caso de grandes desastres o catástrofes, sino también en otros peligros más habituales, creando una cultura social en la que la seguridad se manifiesta como un derecho y un deber de los ciudadanos”, se explica en la exposición de motivos.

Con estas nuevas medidas se quieren minimizar los riesgos que puedan afectar a los asistentes, así como obligar a los organizadores a contar un operativo de personal encargado de dirigir al público en caso de registrarse una emergencia, como un fenómeno meteorológico (tormenta, rayos...), una avalancha, un desmayo o una caída, o cualquier incidencia que pudiera producirse en el escenario, la carpa u otra instalación que forme parte del montaje.

Estos dos requerimientos son, en todo caso, los medios de autoprotección mínimos a los que obligará el decreto de la Xunta, que hasta ahora no estaban recogidos en el decreto de 2010 que regula los planes de autoprotección, un documento que prevé las emergencias que se puedan producir como consecuencia de su propia actividad y las medidas de respuesta ante situaciones de riesgo, catástrofe o calamidades. Su elaboración es obligatoria en una larga de lista de actividades industriales, minas, canteras, pirotecnias, almacenes de materiales peligrosos, túneles de carrera y ferroviarios, puertos, estaciones de viajeros, aeropuertos, espectáculos públicos y conciertos, hospitales, colegios, residencias de mayores y de discapacitados, centros comerciales, campings con más de 1.000 plazas o cualquier actividad que reúna a más de 5.000 personas en un espacio delimitado o 10.000 en uno sin delimitar.

Estos planes, obligatorios también para los centros hospitalarios

Otra novedad es que estos planes ahora serán obligatorios también para los centros hospitalarios con una ocupación superior a 1.000 personas, cuando antes el límite era de 2.000.

Además, se agilizará el intercambio de información, mediante el uso de las nuevas tecnologías, entre los centros obligados a contar con planes de autoprotección y los servicios de emergencia, de forma que estos tendrán acceso inmediato al documento de identificación de riesgos y actuaciones de evacuación en caso de producirse una emergencia. Ya no será necesario rebuscar en la documentación archivada en la Xunta para conocer, antes de desplazarse al lugar del siniestro, la ubicación exacta, las vías de acceso o las medidas previstas por la empresa o el organizador del evento para hacer frente al peligro.

1

Revisión de un decreto de 2010

Las novedades se introducirán en la revisión del decreto de 2010 de la Xunta que regula los planes de autoprotección en una larga lista de actividades.

2

Seis meses de adecuación

Desde que se apruebe el nuevo decreto y se publique en el DOG, se habilitará un plazo de seis meses antes de que entren en vigor las medidas.

3

Planes para hospitales

 Los centros sanitarios con capacidad para mil personas también tendrán que hacer ahora planes de autoprotección. Antes el límite era de 2.000.

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