El juez considera probado que Rosario Porto y Alfonso Basterra "asfixiaron a su hija Asunta por medio de la compresión que le aplicaron sobre la boca y la nariz y en un momento próximo a la muerte de la menor, los acusados ataron a su hija por los brazos y los tobillos por medio de unas cuerdas plásticas de color naranja".

El juez del caso sitúa al padre de Asunta en la casa de Teo y expone en la sentencia en la que condena a 18 años de prisión a los dos progenitores que la menor "no pudo defenderse de modo efectivo porque estaba bajo los efectos del medicamento que con ese fin se le había suministrado".

Para el magistrado que dicta sentencia es también un hecho probado que los padres comieron el día de la muerte de la niña con ella y fue durante la comida "cuando le suministraron un cantidad de medicamento que contenía lorarezepam, necesariamente tóxica, para posteriomente, cuando hiciera efecto, asfixiarla".

El juez Jorge Cid sostiene que Basterra y Porto "de común acuerdo suministraron repetidamente, desde al menos tres meses antes del fallecimiento a su hija un medicamento que contenía lorezepam" y "en ejecución del plan acordado, Basterra retiró en al menos tres ocasiones, entre julio y septiembre de 2013, una cantidad de al menos 125 comprimidos de Orfidal" de una farmacia de Santiago.