El Gobierno gallego cambiará la Lei de Turismo para regular la actividad de los pisos que se ofrecen en alquiler durante el verano, u otras temporadas de vacaciones, a inquilinos para estancias de corta duración. Es el primero paso legal que se da en Galicia, al que sucederá un decreto más detallado, tras la reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos que sacó de la legislación estatal los llamados pisos turísticos para que fueran las comunidades autónomas, con competencias exclusivas en la materia, las que gestionaran este nicho de mercado con normas concretas.

Así que durante la tramitación de los presupuestos de 2015 se aprovechará para reformar la Lei de Turismo, que incorporará un nuevo artículo en el que se definirán este tipo de viviendas particulares que hasta ahora carecía de regulación específica. Se considerarán como tales las que se alquilan por estancias inferiores a treinta días seguidos. Éste es el elemento diferenciador que ha establecido la Administración autonómica para diferenciar un piso de verano del resto de viviendas que se ofrecen en alquiler.

"La propuesta de la Xunta pasa por canalizar esta actividad por una vía legal sencilla que exija a estas viviendas competir en igualdad de condiciones, pagar impuestos y, por lo tanto, dejar de ser competencia desleal. De esta manera, será también más sencillo perseguir la oferta ilegal", detalla el Gobierno gallego.

Lo primero, por tanto, es reconocer esta tipología de uso turístico en la ley y permitir que sea un particular quien explote la vivienda, porque la norma actual dicta que solo pueden hacerlo las empresas.

Actualmente, esos pisos se ofertan mediante anuncios o canales de internet para su ocupación durante el verano, con contrato que pueden ser de días o semanas, pero que rara vez superan el mes de duración. Abundan sobre todo en las Rías Baixas y el sector hotelero gallego calcula que se ofertan bajo esta modalidad unas 10.000 plazas en la comunidad.

Como ya no tendrán la consideración de pisos ordinarios al quedar fuera de la Ley de Arrendamientos Urbanos y sí la de turísticos, tendrán que cumplir una seria de requisitos. Como tener una cédula de habitabilidad, presentar una declaración responsable con identificación de la persona o empresa gestora, contar con un seguro de responsabilidad civil, disponer de un teléfono de asistencia y estar inscritos en el registro autonómico de actividades turísticas. No será necesario, en todo caso, contar con licencia municipal de apertura de establecimiento turístico.

Según la Secretaría Xeral de Turismo, Galicia seguirá prácticamente al pie de la letra la regulación aprobada en Madrid y Cataluña. Una vez aprobada la reforma de la ley -en diciembre-, la Xunta iniciará la tramitación del correspondiente decreto para ordenar la oferta de pisos turísticos, especialmente orientado hacia los que se comercializan mediante portales de internet.