El Tribunal Supremo mantiene la absolución de Rabei Osman El Sayed, alias "Mohamed El Egipcio", por los atentados del 11-M. El Supremo rechaza así la petición de la Fiscalía, que solicitó para él diez años de prisión por integración en organización terrorista, aunque señala que, a diferencia de la Audiencia Nacional, no le absuelve porque ya fuera condenado por ese mismo delito por la justicia italiana, sino por falta de pruebas. Además, la Sala de lo Penal del alto tribunal decretó la absolución también por falta de pruebas de cuatro de los doce condenados por la Audiencia Nacional por delitos relacionados con la masacre y sentenció a cuatro años de cárcel a Antonio Toro, absuelto por la Audiencia, por tráfico de explosivos.

En su extensa sentencia, de casi mil folios, el Supremo califica los atentados de Madrid como la acción terrorista "más grave perpetrada en España y una de las más graves ejecutadas en el mundo" por una célula islamista, que si bien dependía ideológicamente de la organización Al Qaeda, actuaba de forma independiente.

Además de estas consideraciones de carácter general, en su resolución el alto tribunal rechaza el recurso presentado por el fiscal y por la Asociación 11-M Afectados por el Terrorismo contra la absolución de "Mohamed El Egipcio". El Supremo confirma la absolución del imputado, pero a diferencia de la sentencia de la Audiencia que entendió en aplicación del principio "non bis in ídem" (que implica que nadie puede ser condenado dos veces por el mismo delito), que el acusado ya fue condenado por integración en organización terrorista en Italia, señala que "no hubiera existido inconveniente en dictar una segunda sentencia condenatoria" contra "El Egipcio", diferente a la que realizaron los tribunales italianos.

Así, el Supremo mantiene su absolución al considerado como uno de los autores intelectuales de los atentados que causaron 191 muertos y casi 2.000 heridos por varios motivos y entre ellos, principalmente, la falta de pruebas. En este sentido, reprocha a la Audiencia que su sentencia "no contiene una descripción fáctica que permita una condena por el delito por el que se ha acusado, ni realiza una valoración de la prueba que permita el establecimiento de los hechos".

Además, como mayores novedades, la sentencia del Supremo arroja la condena de Toro, absuelto por la Audiencia Nacional, y la absolución de cuatro de los 21 condenados por los atentados por falta de pruebas. Se trata de Basel Ghalyoun, que había sido condenado a 12 años de cárcel por pertenencia a organización terrorista y que está encarcelado en A Lama; Abdelillah El Fadual El Akil, que había sido condenado a 9 años por colaboración con banda armada y al que absuelve por las carencias en la redacción de una orden de entrada y registro y otra de incomunicación; Mohamed Almallah Dabas, condenado a 12 años por pertenencia, y el supuesto miembro de la "trama asturiana" de tráfico de explosivos Raúl González, también ex minero, que había sido condenado a 5 años de prisión por suministro de explosivos.

Tras conocer la sentencia del Supremo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenó a través de tres autos la puesta en libertad de Basel Ghalyoun, Mohamed Almallah Dabas y Fouad El Morabit. El cuarto absuelto ya estaba en libertad tras cumplir la mitad de su pena a la espera de que la sentencia fuera firme.