“Muchos padres jubilados aún no saben que pueden aumentar su pensión en hasta un 15%”

Avogados Vigo 10 ha asesorado a más de 6.000 pensionistas sobre esta mejora, con más de 700 complementos tramitados a nivel nacional y más de 1.5 millones de euros recuperados para sus clientes. Hablamos con Héctor Silva y Javier Leiro, socios fundadores del bufete

Javier Leiro y Héctor Siva, socios fundadores de Vigo Abogados 10, con un equipo de 8 profesionales.

Javier Leiro y Héctor Siva, socios fundadores de Vigo Abogados 10, con un equipo de 8 profesionales. / Cedida

Todos los hombres con dos o más hijos, con pensión reconocida a partir del 1 de enero de 2016, tienen derecho al complemento de maternidad por hijos, que supone un incremento de la cuantía de la pensión, de entre un 5% y un 15%, en función del número de hijos que tengan.

El artículo 60 de Ley General de la Seguridad Social, reconoce el complemento de maternidad exclusivamente a las mujeres, sin embargo, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, ha considerado este artículo discriminatorio, determinando que el complemento de maternidad debe de ser otorgado también a los hombres puesto que su aportación es igual de necesaria.

“Ya tenemos muchas sentencias en España reconociendo este complemento a padres pensionistas con dos o más hijos”, explican así Héctor Siva y Javier Leiro, socios fundadores del bufete Abogados Vigo 10, referente en su sector y al frente de un equipo compuesto por hasta 8 profesionales, que insisten en la necesidad de que los jubilados con hijos conozcan este derecho al complemento por paternidad porque pueden lograr "un incremento de la cuantía de su pensión de entre un 5% y un 15%, en función del número de hijos que tengan".

¿Eres jubilado con hijos? Consigue hasta un 15% más de pensión

"En Abogados Vigo10 se ocupan de todos los trámites necesarios para que consigas tu complemento de maternidad, sin riesgos y sin necesidad de adelantar dinero. Solamente cobran si consigues el aumento que te corresponde"

Saben de lo que hablan tras casos de éxito como el ocurrido hace solo una semana, con una sentencia favorable para uno de los sus clientes en la que se le reconoció un complemento de 385,86 € mensuales y unos atrasos de 31.271, 09 €”. Pero este es solo uno de los muchos ejemplos que avalan su trayectoria, y es que los números del bufete de Abogados Vigo 10 hablan por sí mismos con: 

  • Más de 6.000 pensionistas informados asesorados por parte de su equipo de abogados
  • Más de 700 complementos tramitados a nivel nacional
  • Más de 250 clientes en España, a los que ya les han conseguido el complemento, con percepción de atrasos de cerca de 1,5 millones de euros, además de cobrar mensualmente el complemento. De estos, más de un centenar se han producido en Galicia por valor de medio millón de euros

Así, en Abogados Vigo10 se ocupan de todos los trámites necesarios para que consigas tu complemento de maternidad, sin riesgos y sin necesidad de adelantar dinero. Solamente cobran si consigues el aumento que te corresponde.

En este artículo responden a las principales dudas que existen con respecto al complemento: 

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Consiste en un aumento de la cuantía de la pensión dirigido a todas las mujeres hayan tenido al menos 2 hijos y sean beneficiarias de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.  

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Sí, la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de diciembre de 2019, ha considerado que es discriminatorio que solamente lo puedan cobrar las mujeres, por eso, desde la fecha de la Sentencia los hombres también tienen derecho a reclamar cobrar el complemento de maternidad. Además del complemento, también cobrarán de forma retroactiva las cantidades (atrasos) que debían haber cobrado y no cobraron desde la fecha de su jubilación.

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Según el artículo 60 de Ley General de la Seguridad Social, el aumento de la pensión se calcula en función del número de hijos:

Con dos hijos: Incremento de pensión en un 5% de la cuantía.

Con tres hijos: Incremento de pensión en un 10% de la cuantía.

Con cuatro o más hijos: Incremento de pensión en un 15% de la cuantía.

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Todos los hombres que hayan tenido dos o más hijos y que estén cobrando pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente reconocidas entre el 1 de enero de 2016 y 3 de febrero de 2021.

No tendrán derecho al complemento de maternidad los que se hayan jubilado de manera anticipada voluntaria.

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Los padres que accedan a pensiones de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 tendrán derecho a cobrar el complemento de maternidad desde la fecha de su jubilación. Es decir, se les reconocerá el complemento mensual que les corresponda y se les liquidarán de forma retroactiva las cantidades que no percibieron desde la fecha de su jubilación.

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En caso de cumplir todos los requisitos, el bufete solicitará el complemento a la Seguridad Social. Si esta solicitud es denegada, presentarán la correspondiente reclamación previa. Si también se desestima la reclamación previa, acudirán a la vía judicial, y será el juez el que reconozca el derecho a cobrar el complemento, obligando a la Seguridad Social a pagar el complemento de forma vitalicia y a liquidar al cliente los atrasos que correspondan desde la fecha de jubilación.  

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