La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha avanzado que desde este viernes se podrá solicitar en la página web de la Agencia Tributaria (AEAT) el pago único de 200 euros para hogares con bajo nivel de renta y patrimonio.

Durante su intervención en los cursos de verano de la Universidad Complutense, la ministra ha explicado que se podrá solicitar durante los próximos tres meses y se empezará a pagar a partir de septiembre "para que 2,7 millones de personas puedan recibir una ayuda imprescindible para transitar la situación provocada por la guerra", que ha provocado que los precios de consumo se disparen.

La ayuda, en la que el Gobierno calcula que gastará 540 millones de euros, forma parte del último paquete de medidas aprobadas por el Gobierno para paliar el impacto económico derivado de la invasión de Ucrania, que ya está en vigor, pero que aún tiene que ser convalidado por el pleno del Congreso la próxima semana.

¿Quién puede solicitarlo?

Podrán beneficiarse de esta ayuda todas aquellas personas que actualmente estén dadas de alta en la Seguridad Social, ya sea como trabajadores por cuenta ajena o asalariados, o estén desempleados e inscritos en la oficina de empleo -estos últimos podrán estar cobrando o no la prestación por desempleo-, siempre y cuando en 2021 hubieran percibido unos ingresos inferiores a 14.000 euros anuales y tuvieran un patrimonio inferior a 43.196,40 euros.

El computo de estos ingresos se efectuará de manera conjunta, considerando a todas aquellas personas que residen en el mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022 y estén unidos entre sí por matrimonio o análoga relación de afectividad a la conyugal con al menos dos años de antelación o de parentesco hasta el tercer grado. El último de los requisitos es tener residencia legal y efectiva en España en la actualidad y haberla tenido de manera ininterrumpida durante al menos el último año.

¿Puedo pedir el cheque si cobro el Ingreso Mínimo Vital?

No. Uno de los requisitos que ha impuesto el Gobierno es que no podrán beneficiarse de esta ayuda aquellas personas que actualmente estén percibiendo el Ingreso Mínimo Vital. En estos casos, el real decreto ya contempla un incremento del 15% en la cuantía del ingreso mínimo vital hasta finales de año.

¿Cómo puedo solicitar la ayuda?

La solicitud de la ayuda se presenta en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, rellenando el formulario que se ponga a disposición para tal efecto. Las solicitudes se podrán realizar hasta el 30 de septiembre de este mismo año. En el registro se deberá incluir la cuenta bancaria en la que se desea recibir la ayuda.

¿Cuándo sabré si me lo conceden?

En el real decreto se establece que si transcurridos tres meses desde la finalización del plazo para presentar el formulario no se ha recibido la transferencia bancaria de 200 euros, deberá entenderse que la solicitud ha sido desestimada. Es decir, la fecha límite para recibirla si es aprobada es el 31 de diciembre.