El TSXG suspende de forma cautelar el eólico que más afecta al hábitat de Rapa das Bestas

Resuelve así el primero de los recursos presentados contra la instalación | Centra su fallo en una cuestión de índole administrativa | Las peticiones desde A Estrada se fundamentan en el impacto sobre la cabaña y la Rapa

Caballos de O Santo, durante la reunión de las manadas para la “baixa”, afectada por infraestructura del parque eólico Campo das Rosas.  |   // BERNABÉ/JAVIER LALÍN

Caballos de O Santo, durante la reunión de las manadas para la “baixa”, afectada por infraestructura del parque eólico Campo das Rosas. | // BERNABÉ/JAVIER LALÍN / Ana Cela

Ana Cela

Ana Cela

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha fallado el primero de los diversos recursos que se presentaron ante el alto tribunal gallego contra el acuerdo de la Xunta de Galicia por el que se otorgó a Naturgy Renovables SLU autorización administrativa previa y de construcción para el parque eólico Campo das Rosas, entre los términos municipales de A Estrada, Forcarei y Cerdedo. Se trata del parque que más afecta al hábitat en el que viven los caballos salvajes que perpetúan la Rapa das Bestas de Sabucedo, una Fiesta de Interés Turístico Internacional que aspira ahora a ser declarada por la propia Xunta como Bien de Interés Cultural (BIC) inmaterial. La resolución judicial suspende cautelarmente la ejecución de un parque para el que la administración gallega había también declarado la utilidad pública, de manera que la promotora podría comenzar las obras.

Esta suspensión cautelar fue acordada por la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG, acogiendo la solicitud de la Asociación Ecoloxistas en Acción Galiza. Cabe apuntar que a este recurso hay que sumar, al menos, los conjuntamente presentados por la Asociación Rapa das Bestas, Alarma na Terra de Montes, Comunidade de Montes de Quireza y la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galiza (Adega) y el cursado por los concellos de A Estrada, Cerdedo-Cotobade y Campo Lameiro.

La decisión del alto tribunal gallego de paralizar cautelarmente el parque Campo das Rosas se fundamenta en la figura jurídica‘fumus boni iuris’ (apariencia de buen derecho), que se refiere a la apariencia o probabilidad de que una acción legal tenga un fundamento jurídico válido. Los magistrados explican que, si bien en esta fase del procedimiento solo pueden manifestarse sobre la suspensión cautelar, no sobre el fondo del asunto, ya se han pronunciado en otras ocasiones sobre la pretensión que presumen que se planteará en la demanda, es decir, la existencia de simultaneidad entre el requerimiento de los informes sectoriales del parque y el trámite de información pública y el plazo de este. De hecho, el TSXG subraya que de la lectura del acuerdo que autoriza la ejecución del parque eólico Campo das Rosas se aprecia que el procedimiento “se ha conducido de forma análoga” a la que dio lugar a la autorización del parque eólico de O Roncudo, en Corme (A Coruña), anulado por las sentencias emitidas por la misma Sala del TSXG el 21 de enero de 2022, de modo que, en este caso, entiende que se cumple el requisito del ‘fumus boni iuris’, que ampara la suspensión interesada por la asociación ecologista.

En todo caso, el auto alude a que habrá que determinar si los informes sectoriales que se requieran para tramitar un procedimiento de evaluación de impacto ambiental deben recabarse antes de someterse el proyecto al trámite de información pública o, por el contrario, si ha de hacerse de forma simultánea. La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG recalca que está de acuerdo con el letrado de la Xunta en esperar a que se pronuncie el Tribunal Supremo sobre ese extremo.Así, los jueces recuerdan que el Tribunal Constitucional ha declarado en varias sentencias que “hasta que no se tome la decisión al respecto por el tribunal competente, el acto no puede ser ejecutado por la administración”.

El TSXG ha rechazado amparar la suspensión en el ‘periculum in mora’ (pérdida de la finalidad legítima del recurso) o en la prevalencia del interés general sobre el particular de la promotora, tal y como defendía la asociación ecologista. “No ha observado esta Sala el daño medioambiental y a diversas especies de flora y fauna a que se refiere el letrado de la asociación ecológica”, sostiene el TSXG. También señala que, en este caso, se ha acreditado el interés general que para el sistema eléctrico tiene la ejecución y funcionamiento del parque eólico, pues la Xunta ha declarado su utilidad pública a efectos expropiatorios por la vía de urgencia.

De los cinco magistrados que forman la sala, cuatro suscribieron esta suspensión cautelar, mientras que una de las titulares emitió un voto particular en el que subraya –en relación a la figura del fumus boni iuris– que “el juicio sobre la conformidad o no a derecho del acto administrativo impugnado es ajeno al contenido propio de una medida cautelar”.

“Una autopista”

La primera valoración de la suspensión cautelar del eólico Campo das Rosas fue interpretado ayer en el seno de la asociación que impulsa y preserva la internacional Rapa das Bestas como una “buena noticia”. Desde sus servicios jurídicos, el letrado Iván Sanmartín puntualizó que el recurso presentado por este colectivo –de la mano de Adega, Alarma na Terra de Montes y Comunidade de Montes de Quireza– está fundamentado, no tanto en la cuestión administrativa que valoró el TSXG en el primer recurso resuelto, sino en el impacto del parque Campo das Rosas al hábitat de la cabaña do O Santo, ya que las instalaciones no solo afectarían a las áreas de campeo de los animales sino que cruzarían la zona por la que pasan los caballos para protagonizar la tradicional “baixa” . “Es un primer paso muy positivo”, estimó el presidente de Rapa das Bestas, Paulo Vicente Monteagudo. El recurso presentado desde A Estrada pedía también la suspensión cautelar, ya alcanzada con esta primera resolución.

“No podemos permitir que empiecen”, indicó desde el primer momento Rapa das Bestas. Explicaron que el parque Campo das Rosas y su infraestructura cruza de manera perpendicular y de norte a sur el espacio de la “baixa”, dividiéndolo por la mitad. “El problema no son tanto los postes con las aspas”, subrayó en su día el colectivo. “La gente se queda con la imagen de las bestas debajo de los postes de los aerogeneradores, pero el mayor problema es la infraestructura viaria”. Usa el colectivo un símil muy gráfico para referirse al impacto en la zona en la que habitan algunas de estas manadas y que todas ellas cruzan cuando se reúnen para la Rapa das Bestas: “Es como si una autopista cruzase su paso natural. Todas las bestas tienen que pasar por ahí”. Añaden que, teniendo en cuenta la envergadura de los aerogeneradores que se pretende instalar, “estas serán pistas mucho más anchas, como carreteras”.