El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por Juan José Cruz García contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 8 de enero de 2020, que le condenaba a indemnizar con 4.000 euros a los profesores Manuel Igrexas y Chus Pato por vulnerar su derecho al honor. La resolución confirma dicho fallo e impone las costas al exedil. El caso se remonta a una publicación que el entonces concejal hizo en su perfil de Facebook el 28 de diciembre de 2016 y otras posteriores en las que vinculaba a Igrexas y Pato con el terrorismo. “Ni siquiera una opinión crítica y legítima justificaría la atribución de hechos no veraces, que, objetivamente considerados, ofendan gravemente el honor del criticado, desacreditándolo públicamente”, arguye el Supremo.