El protocolo para la reanudación de las competiciones de ámbito estatal no profesionales incluye la recomendación del Consejo Superior de Deportes (CSD) de pruebas específicas previas de Covid-19 para los deportistas, y la opción de que las federaciones descalifiquen por su incumplimiento. Las 30 páginas del documento incluyen numerosas reglas tanto para entrenamientos como para competiciones; así como los requisitos que deben cumplir las instalaciones, los desplazamientos y alojamientos de deportistas y el resto de personas relacionadas.

También incluye la recomendación del CSD sobre un aforo de 500 personas en recintos cerrados, y de 1.000 si son al aire libre, en caso de que una comunidad autónoma decida autorizar la presencia de público en las pruebas.

El CSD recomienda que en todas las competiciones, organizadas por las federaciones deportivas españolas, al iniciar los entrenamientos de pretemporada o en su defecto 72 horas antes del inicio de las competiciones, se realice una prueba específica. Aspectos como el tipo de prueba a realizar, su financiación, la evaluación de su utilidad y si se debe realizar más veces con posterioridad serán determinados con criterios sanitarios.

En el caso de los deportes de equipo, cada club deberá acreditar ante la federación respectiva el cumplimiento de todos los requisitos. Si los entrenamientos ya se han iniciado lo realizará en el momento en que entre en vigor este protocolo. Al mismo tiempo, durante la temporada, cada club enviará a la federación respectiva cada 15 días el documento formalizado de cumplimiento de los requisitos.

El uso de la mascarilla por parte de los deportistas y de los equipos arbitrales durante los entrenamientos y las competiciones es voluntaria. Se recomienda eludir saludos y muestras de afecto, controlar el mantenimiento de la higiene y desinfección de las instalaciones y material y evitar coincidir físicamente con el otro equipo. Si es necesario el uso de vestuario, se deberán habilitar los necesarios para mantener las distancias. No se podrán compartir botellas. De haberse producido un contagio, el regreso a la actividad, y muy especialmente a las competiciones, requerirá de la autorización de la federación española.

El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el protocolo supondrá la aplicación del régimen sancionador establecido por cada federación. En casos de sospecha fundada de brote, la federación u organizador competente informará al CSD y a la autoridad sanitaria en el plazo de 24 horas.