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Un control de Mexillón de Galicia en el puerto de Meloxo (O Grove).M.M.

El TSXG refuerza los principios de la DOP Mexillón de Galicia

El Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG) ratifica el reglamento de la Denominación de Origen Protegida (DOP) Mexillón de Galicia y su Consello Regulador, aprobado por la Orden de la Consellería do Mar de 20 de marzo de 2019. Lo hace al rechazar un recurso interpuesto contra el mismo por la asociación de productores mejilloneros Asmecruz y la Federación de Asociaciones de Mejilloneros de Arousa y Norte (FARN).

Estas entidades trataban de impedir que el mejillón en conserva fuera incluido en el ámbito de protección de la DOP, alegando que “tampoco tiene derecho a utilizar el nombre protegido”.

Pero el tribunal entiende que “toda la regulación impugnada” por los demandantes –que además deben pagar las costas– “se encuentra dentro de los límites propios de la normativa de la DOP, no hay extralimitación y no se infringe la normativa comunitaria, debiendo recordarse lo que declaró la sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra de 22 de enero de 2016 en el llamado ‘caso Javimar”.

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Descargas de mejillónMANUEL MÉNDEZ

Ante esto, el órgano rector de los bateeiros, dirigido por Lina Solla, celebra la decisión judicial, por cuanto supone un respaldo absoluto a su papel de acuerdo con el Pliego de Condiciones de la propia DOP y la Ley 2/2005.

Incluso destaca que el TSXG “llega a reprochar a los demandantes que utilicen el recurso para eludir la aplicación del Pliego de Condiciones”.

"No hay infracción del procedimiento de elaboración del Reglamento"

A lo que se suma el hecho de que el tribunal “asume en gran medida la interpretación normativa recogida en el escrito de contestación de Mexillón de Galicia ante la demanda, estableciendo que no hay infracción del procedimiento de elaboración del Reglamento y rechazando la pretensión de nulidad”.

Pero eso no es todo. El Consello resalta que el TSXG avala sus tesis “al afirmar que las consecuencias económicas que Asmecruz y FARN achacan a la Orden de la Consellería no derivan de ésta, sino de la decisión de la Comisión Europea de registrar esta DOP”.

En consecuencia, “es el reconocimiento de esa propiedad industrial, con los consecuentes derechos y obligaciones, lo que determina ciertas restricciones en la comercialización del mejillón”.

Dicho de otro modo, que “el Reglamento DOP se limita a desarrollar el régimen de aplicación de la misma derivado de su Pliego de Condiciones”.

Además, en el Consello hacen hincapié en que la sentencia determina que “no existe infracción del Reglamento de la UE 1151/2012 por extenderlo al mejillón en conserva”.

Descarga de mejillón en los puertos gallegosManuel Méndez

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Respecto a esto, deja constancia de que “una cosa es la definición del producto amparado en la DOP, como es el mejillón fresco, y otra es la extensión del ámbito de protección, para lo cual es de aplicación el artículo 13 del Reglamento 1151/2012 cuando aclara que ‘el nombre registrado (aplicable al producto amparado) se protege contra cualquier evocación, incluso cuando el producto se utilice como ingrediente”.

Sellos de Mexillón de Galicia.

Para terminar, la DOP se felicita también porque el TSXG “apoya la interpretación de la DOP respecto a la habilitación que supone la figura ‘Elaborado con’ prevista en el Pliego de Condiciones para regular su aplicación”.

Descarga de mejillones en BueuFaro de Vigo

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Productos elaborados

En su personación en el proceso abierto en el TSXG a raíz del recurso presentado contra la DOP, el Consello Regulador argumentó que "el Pliego de Condiciones de la DOP, aprobado por la Comisión Europea, prevé expresamente la utilización de la expresión protegida en productos elaborados, que incluyen el mejillón en conserva, y contiene una habilitación para inscribir en 'los registros correspondientes' a los usuarios autorizados para el uso de la mención 'elaborado con Denominación de Origen Mejillón de Galicia".

Entiende, por tanto, que "esto acredita que es falso tanto que se solicitara el registro como DOP del mejillón en conserva, como que 'la Comisión Europea denegara expresamente la inscripción como Denominación de Origen de los mejillones en conserva".

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