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Una operadora indemniza a un cambadés con 12.000 euros por meterlo en la lista de morosos

Cuando un cliente y su empresa proveedora de telecomunicaciones discrepan sobre algún aspecto del precio o del servicio, es habitual que el primero rompa la relación contractual. En ocasiones, la empresa le reclama una cantidad de dinero para dar por zanjada dicha relación, pero el cliente no le paga, al considerar que la firma no tiene razón en su petición. En esos casos, lo habitual es que la empresa incluya a la empresa o particular en una lista de morosos, lo cual puede generarle a estos un problema serio cuando, por ejemplo, vayan a pedir un préstamo, pues ningún banco da financiación a una persona incluida en dicho fichero.

Un vecino de Cambados se vio en ese trance, pero entendió que tenía razón en su tira y afloja con la compañía de telecomunicaciones y no solo se mantuvo en sus trece de que no pagaría los 1.000 euros que le pedían, sino que denunció a la compañía de telecomunicaciones por meterlo en la lista de morosos. Y la justicia le dio la razón, de modo que la empresa tendrá que pagarle una indemnización de 12.000 euros.

Pablo Rodríguez y Xurxo Charlín afirmaron que la sentencia judicial favorable al consumidor cambadés es de abril pasado, y que se dictó en un juzgado de primera instancia e instrucción de Cambados. La empresa de telecomunicaciones no recurrió el fallo, por lo que ya es firme.

Pablo Rodríguez manifestó que para que estas reclamaciones por el derecho al honor sean atendidas en los juzgados es imprescindible que la deuda se haya debido a una "discrepancia razonable", y que la inscripción en el fichero de morosos fue "indebida". Eso se consigue, añade, demostrando que no se le pagó a la empresa por disconformidad con el precio o el servicio. Y para eso es fundamental presentar una reclamación en Consumo.

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