Siete años de prisión. Esta es la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Pontevedra al empresario José Manuel Moure Rey, administrador de la firma "Rodríguez Fernández Olegario S. L." y que, con sede social en Viascón, Cotobade, se dedicaba a la instalación de casas prefabricadas. Esta dura condena se le impone como autor de un delito continuado de apropiación indebida al quedarse con el dinero entregado por una pareja y un vecino de Campo Lameiro para la construcción de sendas viviendas en este último lugar y en la parroquia pontevedresa de Tomeza.

Además, la Sección Segunda de la Audiencia tiene en cuenta a la hora de ajustar la pena de prisión impuesta el hecho de que ambas viviendas que el acusado dejó de construir iban a ser dedicadas a primeras viviendas, lo que obligó a ambas familias a tener que buscar otras alternativas residenciales al no poder contar con estas tal y como estaba previsto. Además de los siete 7 años de prisión la Audiencia le impone una multa de 309.444 euros a la empresa de la que era administrador único y deberá indemnizar a las dos familias víctimas en la cantidad de 57.360 y 20.000 euros que fueron las cantidades de las que se apropió de forma indebida.

Pero es que además, la Sección Segunda también aplica al acusado la circunstancia agravante de reincidencia, puesto que ya fue condenado en tres ocasiones anteriores (en los años 2001, 2005 y 2007) por apropiación indebida y estafa en los juzgados de Santiago de Compostela.

Según la sentencia, la Audiencia concluye que el acusado se apropió del dinero anticipado por estas dos familias para la construcción de sendas casas y que "no nos encontramos ante un simple incumplimiento contractual".

En el primero de los casos, el acusado y víctimas contrataron la compra de una casa de madera para instalarla en la zona de Tomeza. Para ello le entregaron en diversas ocasiones un total de 73.000 euros pero el acusado tan solo llegó a hacer el bajo y la plataforma sobre la que debía ir asentada la vivienda de madera prefabricada. Ante las preguntas insistentes de esta familia, el acusado culpó a la empresa suministradora de la madera, llegando a decirles incluso que había ardido. Cuando las víctimas contactaron con esta empresa les confirmó que el acusado no había encargado ninguna vivienda prefabricada.

Lo mismo ocurrió con el segundo caso, en Campo Lameiro, en donde recibió un anticipo de 20.000 euros y nunca hizo nada. La sentencia, que no es firme dado que puede ser recurrida ante el Supremo, llega después de que el juicio tuviera que ser repetido por un fallo informático en la grabación de la vista oral.