El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ( TSXG) acaba de desestimar el último recurso presentado por el Concello de Sanxenxo en relación con el deslinde con O Grove, en concreto en la zona de Noalla y A Lanzada. Este recurso que acaba de rechazar el TSXG tumba la pretensión municipal de que sea la Dirección Xeral de Administración Local de la Xunta la que lleve a cabo ese deslinde. Este órgano ya había decidido en 2016 no tramitar ese procedimiento, acuerdo contra el que recurrió Sanxenxo y ahora pierde.

Pese a esta derrota, el equipo que dirige Telmo Martín no ceja en su pugna por la titularidad de A Lanzada y ya anuncia un recurso contra la decisión del TSXG. En un comunicado, el Concello explicó ayer que "mediante un acuerdo plenario de enero de 2015 el Concello de Sanxenxo puso en marcha un expediente para la realización de un nuevo deslinde entre este Concello y el de O Grove".

Añade que "el 15 de junio de 2016, se registró de entrada en el Concello un escrito en el que se notificaba la resolución del Director Xeral de Administración Local, en el que se acordaba no tramitar el procedimiento de deslinde entre los dos términos municipales. Ante esta comunicación, en julio de ese año, en sesión plenaria se acordó interponer recurso contra dicha resolución y solicitar además su anulación.".

Sanxenxo indica que "al no recibir contestación en el plazo legalmente establecido, en el pleno del 26 de septiembre de 2016, se decide, por unanimidad, interponer recurso contencioso administrativo", cuya sentencia, del 7 de junio pasado, es la que ahora rechaza la pretensión municipal. Sin embargo, se subraya que "en esta sentencia se indica que contra ella se puede interponer otro recurso, por lo que, como dicho plazo termina el día 20 de julio, y dado el interés que para el Concello tiene este asunto, se considera oportuno agotar todas las posibilidades de recursos que se permitan. Por ello, el gobierno local llevará a una comisión y posteriormente a un pleno la propuesta de presentación de un recurso de casación", ante el Tribunal Supremo.

El grupo de gobierno argumentó en sus recursos la nulidad de la resolución del director xeral de Administración Local por vulnerar el procedimiento a seguir para la resolución del expediente de deslinde en el término municipal y no haber solicitado emisión de informe al Instituto Geográfico Nacional, ni a la Comisión Gallega de Delimitación Territorial, ni a la Diputación Provincial ni dictamen del Consello Consultivo.

El recurso se basó también en la incompetencia de la Dirección Xeral de Administración Local para decidir la finalización del expediente de deslinde, al considerar que el órgano competente para tomar este acuerdo el Consello de la Xunta.

También se hizo mención a una resolución del Ministerio de Gobernación de fecha 31 de julio de 1959, en la que se aprobaba el deslinde entre el término municipal de Sanxenxo y el de O Grove, partiendo de unos documentos de referencia no consentidos por el Concello de Sanxenxo. En este nuevo proceso se había aportado documentación histórica en la que se reflejan tales límites, que no ha sido tenida en cuenta.