La sentencia del Juzgado de Primera Instancia número de 3 que resolvió el conflicto que mantuvo paralizadas durante nueve meses las obras de forma ajena a los promotores es fruto de un litigio iniciado por 9 de los 14 propietarios de trasteros construidos bajo la Praza da Cantiga, en una superficie de unos 600 metros cuadrados.

Así lo explica la comunidad de vecinos: "El derecho que tienen ellos (los propietarios de los locales soterrados) es sobre las columnas en las que nosotros apoyamos la caja del ascensor, por eso la sentencia nos obliga a pagar 5.800 euros por el terreno ocupado, que son 11 metros cuadrados sobre un total de 600, una superficie que el propio juez dice que es mínima", indica el presidente de la comunidad. Lo que no contaba el colectivo de vecinos era asumir el coste completo del proyecto por la pérdida de la subvención, situación que ha generado una importante inquietud entre los vecinos.

La obra del ascensor ha sido autorizada por el juez (los demandantes han apelado a la Audiencia) en base a la confluencia de dos derechos fundamentales, recoge la sentencia, por un lado, el derecho "a la propiedad privada" y por otro, "el derecho de las personas a disfrutar de forma plena del anterior de derecho". El elevador mecánico, justifica la resolución, "es necesario e indispensable, a mayor razón si las personas moradoras y usuarios son de elevada edad, como concurre en el presente caso, y con mucha probabilidad de presentar problemas de movilidad".